OEA/Ser.P
AG/RES. 1831 (XXXI-O/01)
5 junio 2001
Original: inglés


RESOLUCIÓN

APOYO A LA DEMOCRACIA EN HAITÍ

(Aprobada en la cuarta sesión plenaria, celebrada el 5 de junio de 2001;
sujeta a revisión por la Comisión de Estilo)

LA ASAMBLEA GENERAL,

TENIENDO EN CUENTA

Que el Preámbulo de la Carta de la OEA establece que la democracia representativa es una condición indispensable para la estabilidad, la paz y el desarrollo de la región;

Que, de acuerdo con la Carta, uno de los propósitos esenciales de la Organización es promover y consolidar la democracia representativa, dentro del respeto al principio de no intervención;

Que otro de sus propósitos es promover el desarrollo económico, social y cultural, mediante la acción cooperativa;

El Compromiso de Santiago con la Democracia y la Renovación del Sistema Interamericano (1991), la Declaración de Managua (1993) y las Declaraciones y Planes de Acción de las Cumbres de las Américas (Miami 1994, Santiago 1998);

Que los Jefes de Estado y de Gobierno de las Américas, en su Cumbre de Quebec, pusieron énfasis en su compromiso de defender y fortalecer la democracia en todo el Hemisferio;

El compromiso de la OEA y de la Comunidad del Caribe (CARICOM) de continuar sus aportaciones al fortalecimiento de la democracia en Haití;

RECORDANDO las conclusiones de la Misión de Observación Electoral de la OEA en Haití sobre las elecciones del 21 de mayo de 2000, presentadas en el informe al Consejo Permanente (CP/doc.3383/00);

RECORDANDO TAMBIÉN la resolución CP/RES. 772 (1247/00), del 4 de agosto de 2000, en la cual el Consejo, por solicitud del Gobierno de Haití, autorizó al Secretario General a encabezar una misión en Haití para "identificar, con el Gobierno de Haití y otros sectores de la comunidad política y la sociedad civil, las opciones y recomendaciones destinadas a resolver, a la mayor brevedad posible, dificultades como las que han surgido de las diferentes interpretaciones de la Ley Electoral, y seguir fortaleciendo la democracia en ese país";

TOMANDO NOTA de los informes presentados al Consejo por la Secretaría General acerca de las visitas a Haití del Secretario General y el Secretario General Adjunto durante el período comprendido entre el 16 de agosto de 2000 y el 10 de febrero de 2001, y de los informes de esas misiones incluidos en los documentos CP/doc.3349/00, del 24 de agosto de 2000, CP/doc.3371/00, del 9 de noviembre de 2000 y CP/doc.3419/01 corr. 2, del 13 de marzo de 2001;

TENIENDO EN CUENTA TAMBIÉN:

La exposición del Ministro de Relaciones Exteriores y Ministro de Culto de Haití ante el Consejo Permanente el 14 de marzo de 2001;

La resolución [CP/RES. 786 (1276/01) corr. 2] adoptada por el Consejo Permanente de la OEA, en la cual resolvió "expresar la convicción de que la solución de la crisis surgida a raíz de las elecciones del 21 de mayo de 2000 es fundamental para la democracia y el respeto de los derechos humanos en Haití";

Que en esa resolución también solicitó "al Secretario General que realice las consultas necesarias con el Gobierno de Haití y otros sectores de la comunidad política y la sociedad civil, teniendo en cuenta la exposición del Ministro de Relaciones Exteriores y Ministro de Culto de Haití, sobre la posibilidad de un diálogo para resolver la crisis surgida a raíz de las elecciones del 21 de mayo de 2000 y el fortalecimiento de la democracia y el respeto de los derechos humanos en Haití" y que presente "un informe sobre sus consultas y, si procede, proponer otras medidas que pudieran contribuir al fortalecimiento del proceso democrático en Haití";

La declaración formulada por el Presidente de la Tercera Cumbre de las Américas, el Primer Ministro de Canadá, en la ceremonia de clausura celebrada el 22 de abril de 2001, en la que reconoció los problemas que continúan limitando el desarrollo democrático, político, económico y social de Haití en el futuro cercano y solicitó al Secretario General que, en colaboración con la CARICOM, visitara Haití, informara sobre el resultado de sus observaciones y garantizara un seguimiento adecuado;

La decisión adoptada el 9 de mayo de 2001 por el Presidente de la Conferencia de la Comunidad del Caribe (CARICOM), el Primer Ministro de Barbados y el Secretario General de la OEA para constituir una Misión Conjunta OEA-CARICOM a Haití;

La visita de la Misión Conjunta OEA-CARICOM, realizada del 29 al 31 de mayo de 2001, dirigida por el Secretario General y la ex Primera Ministra de Dominica, señora Eugenia Charles, cuyo informe figura en el documento AG/INF.264/01;

PREOCUPADOS de que la crisis política continúa sin resolverse y que la persistente desconfianza entre los actores políticos continúa obstaculizando la posibilidad de entablar conversaciones de amplio alcance que puedan conducir a una solución sostenible de los problemas surgidos de las elecciones del 21 de mayo de 2000, con base en un acuerdo general entre el gobierno de Haití, los partidos políticos y la sociedad civil y otras instituciones pertinentes de la sociedad haitiana, con miras a resolver la crisis política y fortalecer la democracia y el respeto a los derechos humanos en ese país;

RECONOCIENDO la necesidad de contar con asistencia financiera y técnica con miras a contribuir a la promoción del desarrollo económico y social de Haití; y

RECIBIDA una carta del Presidente de Haití al Ministro de Relaciones Exteriores y Culto de Costa Rica y Presidente del trigésimo primer período ordinario de sesiones de la Asamblea General de la OEA, (AG/INF.260/01 corr.1),

RESUELVE:

1. Reiterar su profunda preocupación por la continuación de la crisis política en Haití, surgida a raíz de las elecciones del 21 de mayo de 2000.

2. Tomar nota de la iniciativa, compuesta por cinco elementos, contenida en la carta del Presidente de Haití (AG/INF.260/01 corr. 1), con respecto al proceso conducente a una resolución definitiva de la actual crisis política.

3. Reconocer las preocupaciones expresadas en dicha carta respecto a la urgencia de normalizar relaciones entre Haití y las instituciones financieras internacionales.

4. Instar al Gobierno de Haití a que, tras la renuncia de siete Senadores, proceda a constituir de manera expedita, a más tardar el 25 de junio de 2001, un Consejo Electoral Provisional (CEP) creíble, independiente y neutral, integrado por nueve miembros designados por los poderes Ejecutivo y Judicial, los partidos políticos -incluyendo la Convergencia, Fanmi Lavalas y otros partidos políticos- así como por las iglesias, tanto la católica como la protestante. Este es un paso necesario para crear un clima de confianza que propicie un acuerdo de base amplia entre el Gobierno de Haití, los partidos políticos, la sociedad civil y otras instituciones pertinentes de la sociedad haitiana, con miras a resolver la crisis política y fortalecer la democracia y el respeto a los derechos humanos en Haití.

5. Hacer un llamado al Gobierno de Haití, a los partidos políticos y a la sociedad civil y a otras instituciones pertinentes de la sociedad haitiana a comprometerse plenamente para lograr este fin.

6. Encomendar al Secretario General que haga un seguimiento e informe al Consejo Permanente sobre el cumplimiento de los compromisos contenidos en el documento AG/INF.260/01.

7. Encomendar al Secretario General que redoble sus esfuerzos, en consulta con la CARICOM y con otros países interesados, para contribuir a la solución de la actual crisis política en Haití, a su desarrollo social y económico, al fortalecimiento de la democracia y al respeto a los derechos humanos en ese país.

8. Invitar al Secretario General a que establezca un Grupo de Amigos de Haití, formado por Estados Miembros interesados y Observadores Permanentes de la OEA, para ayudarle en estos esfuerzos.

9. Solicitar al Consejo Permanente que examine, con carácter de urgencia, el mandato, las modalidades, el presupuesto, el financiamiento y otras disposiciones relacionadas con el establecimiento de una posible Misión a Haití.

10. Encomendar al Secretario General que trabaje conjuntamente con los Estados Miembros en pos de la normalización de las relaciones entre Haití y la comunidad internacional, incluidas las instituciones financieras internacionales, a medida que se avanza hacia la consecución de una solución sostenible a la crisis surgida a raíz de las elecciones del 21 de mayo de 2000.

11. Encomendar al Secretario General que informe al Consejo Permanente o a la Asamblea General, según se estime apropiado, sobre la ejecución de esta resolución.

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