Mesa de Negociación y Acuerdos

 

   

Síntesis Operativa:
La Mesa de Negociación y Acuerdos entre el Gobierno de la Republica Bolivariana de Venezuela y la Coordinadora Democrática, funcionará con: 

Facilitador Internacional, el papel del Facilitador Internacional de la Mesa será desempeñado por el Secretario General de la OEA, César Gaviria.

Participantes:   La Mesa se integrará por seis representantes de ambas partes.  Los representantes del Gobierno y de la Coordinadora Democrática deben estar designados por el acto administrativo o político que corresponda.

Equipo Técnico Tripartito:  La OEA, el Centro Carter y el PNUD, conforme a sus respectivos mandatos, apoyarán técnicamente al Facilitador en su tarea.

Sede:  Se solicitará a la Conferencia Episcopal Venezolana la facilitación de una Sede.

Estrategia de Comunicación:  Solamente el Facilitador tendrá a su cargo el “reporte oficial” al público del desarrollo y de los avances de la Mesa.  Cada parte podrá expresar libremente sus consideraciones, aceptando explícitamente que las mismas no comprometerán a la Mesa sino que serán reflejo de sus propias opiniones.

Objetivos:  La Mesa buscará acuerdos para solucionar la crisis del país por la vía electoral, así como también sobre los siguientes temas:  fortalecimiento del sistema electoral, desarme de la población civil e instalación y funcionamiento de la Comisión de la Verdad.

Procedimientos:  En la primera reunión las partes trabajarán con el facilitador sobre la definición de los procedimientos, el orden y secuencia de las sesiones y la elaboración de criterios para organizar el funcionamiento de la Mesa.

Mesas de Trabajo Complementarias:  Se propone el establecimiento de Mesas de Ttabajo Complementarias, con delegados de ambas partes, para elaborar propuestas y recomendaciones específicas en los temas de la Agenda para luego llevarlas a la Mesa principal.

Acuerdos asistidos y verificables:  La OEA, el Centro Carter y el PNUD, conforme sus respectivos mandatos, desarrollarán un papel de garantes del proceso para lograr el cumplimiento de los acuerdos.

Asamblea Nacional:  Si cualquiera de los acuerdos a que se llegue por medio de este proceso requiere ser considerado en el seno de la Asamblea Nacional, se encontrará un mecanismo adecuado, previamente acordado entre las partes, para que este cuerpo tenga oportuno conocimiento de ellos y pueda actuar conforme a sus atribuciones constitucionales.

 

Caracas, 7 de noviembre de 2002