COMITÉ INTERAMERICANO CONTRA EL TERRORISMO

 

TERCER PERÍODO ORDINARIO DE SESIONES                                          OEA/Ser.L/X.2.3
22-24 de enero de 2003                                                                                      CICTE/DEC. 1/03 rev. 2

San Salvador, El Salvador                                                                                  29 enero 2003

                                                                                                           
            Original: español

 

 

 

DECLARACIÓN DE SAN SALVADOR

SOBRE EL FORTALECIMIENTO DE LA COOPERACIÓN

EN LA LUCHA CONTRA EL TERRORISMO

 

(Adoptada en la Sexta Sesión Plenaria, celebrada el 24 de enero de 2003)

 

 


DECLARACIÓN DE SAN SALVADOR

SOBRE EL FORTALECIMIENTO DE LA COOPERACIÓN

EN LA LUCHA CONTRA EL TERRORISMO

 

(Adoptada en la Sexta Sesión Plenaria, celebrada el 24 de enero de 2003)

 

 

 

 

            Los Estados Miembros del Comité Interamericano contra el Terrorismo (CICTE) de la Organización de los Estados Americanos (OEA), reunidos en el tercer período ordinario de sesiones en San Salvador, El Salvador, del 22 al 24 de enero de 2003,

 

CONSIDERANDO que el terrorismo atenta contra los valores y principios que sustentan el orden interamericano y contra las instituciones democráticas y libertades protegidas y promovidas por la Carta de la OEA, la Carta Democrática Interamericana y otros instrumentos internacionales;

 

            RECONOCIENDO la histórica adopción por la Asamblea General, en su trigésimo segundo período ordinario de sesiones, el 3 de junio de 2002, de la Convención Interamericana contra el Terrorismo y el depósito del instrumento de ratificación de varios Estados Miembros, lo cual fortalece la lucha contra el terrorismo;

 

            RECONOCIENDO TAMBIÉN la identidad de propósito y convergencias manifestadas durante el diálogo de Jefes de Delegación que se desarrolló en el tercer período ordinario de sesiones del CICTE, tanto en lo referente al fortalecimiento de la cooperación en la lucha contra el terrorismo y sus aspectos internacionales, regionales, subregionales y nacionales, como en lo relativo a las amenazas terroristas emergentes;

 

DECLARAN:

 

            1.         Que el terrorismo es una grave amenaza a los valores democráticos, la paz y la seguridad internacionales.

 

2.                   Que los nexos que con frecuencia existen entre el terrorismo y el tráfico ilícito de drogas, el tráfico ilícito de armas y otras formas del crimen organizado transnacional agravan esta amenaza y son utilizados por los grupos terroristas para financiar y apoyar sus actividades, por lo que las medidas de prevención y represión deben ser fortalecidas.

 

3.         Que las amenazas emergentes del terrorismo, tales como las actividades de grupos terroristas internacionales y las amenazas a la seguridad cibernética, exigen un diálogo permanente entre los Estados Miembros a fin de adoptar medidas preventivas eficaces para anticiparlos y abordarlos.

 

4.         Que los Estados Miembros han hecho considerable progreso en, y necesitan continuar con, la adopción de medidas eficaces a nivel nacional para prevenir, combatir y eliminar el terrorismo, así como fortalecer la cooperación en la lucha contra el terrorismo en los planos bilateral, subregional, regional e internacional.

 

            5.         Que las diversas iniciativas adoptadas por grupos subregionales constituyen un valioso aporte para el Hemisferio en la lucha contra el terrorismo y que éstas deben continuar fortaleciendo su cooperación y coordinación en el marco del CICTE.

 

AFIRMAN:

 

            6.         Su condena enfática al terrorismo, por cuanto atenta contra la democracia, impide el goce de los derechos humanos y las libertades fundamentales, desestabiliza y socava las bases de toda la sociedad, y afecta seriamente el desarrollo económico y social de los Estados de la región.

 

7.         La importancia de que los Estados Miembros que aún no lo hayan hecho firmen, ratifiquen o adhieran a la Convención Interamericana contra el Terrorismo, las 12 convenciones y protocolos de las Naciones Unidas (ONU) relativos al terrorismo, la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional y sus tres protocolos complementarios, y la Convención Interamericana sobre Asistencia Mutua en Materia Penal; implementen las medidas que requiere la resolución 1373 (2001) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y las recomendaciones del segundo y tercer períodos ordinarios de sesiones del CICTE sobre medidas de controles fronterizos y financieros; y adopten legislación nacional contra el terrorismo.

 

8.         Su compromiso de ampliar e intensificar sus esfuerzos para fortalecer la cooperación entre sí y con las organizaciones regionales e internacionales pertinentes y desarrollar actividades de capacitación e intercambio de experiencias e información, conforme al Plan de Trabajo del CICTE.

 

9.         Su compromiso de continuar fortaleciendo su cooperación en el marco del CICTE y fortalecer y apoyar al CICTE y a su Secretaría en tanto órgano técnico responsable de dar seguimiento a las decisiones del Comité, ejecutar sus programas y facilitar la asistencia más amplia posible a todos los Estados Miembros para ayudarlos a implementar sus compromisos de prevenir, combatir y eliminar el terrorismo.

            10.        Su empeño de fortalecer la cooperación entre el CICTE, los Estados Miembros de la OEA y los Estados Observadores Permanentes ante la OEA, el Comité contra el Terrorismo del Consejo de Seguridad de la ONU, otras organizaciones regionales y otros órganos del sistema interamericano.

 

            11.        Su convicción de que la lucha contra el terrorismo y la cooperación en la misma debe llevarse a cabo con pleno respeto a la personalidad, soberanía e independencia de los Estados Miembros, el estado de derecho, los derechos humanos y las libertades fundamentales, en cumplimiento de sus obligaciones bajo el derecho internacional, en particular el derecho internacional de los derechos humanos, el derecho internacional de los refugiados y el derecho internacional humanitario.

 

12.        Su decisión de implementar el Plan de Trabajo del CICTE, adoptado en este período ordinario de sesiones, para fortalecer la cooperación en la lucha contra el terrorismo, y hacer el mayor esfuerzo posible para prestar apoyo financiero y técnico a fin de facilitar la ejecución del Plan de Trabajo.