OEA/Ser.G

                                                                                                                        CP/doc.3643/02


                                                                                                                        30 agosto 2002                                                                                                                          Original: inglés

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


INFORME DEL SECRETARIO GENERAL 

EN RESPUESTA AL DOCUMENTO CP/INF. 4724/02

 

 


                                                Carta de transmisión del SECRETARIO GENERAL

                                                                                      

Organización de los Estados Americanos

Washington, D.C.

 

 

El Secretario General

 

 

20 de agosto de 2002

 

 

Señor Presidente:

 

            Tengo el honor de referirme a la nota del 6 de agosto de 2002 que me dirigió el Representante Permanente Alterno de los Estados Unidos ante la OEA y a la nota del Representante Permanente Alterno dirigida a usted el 7 de agosto de 2002, que fueron publicadas en el documento CP/INF.4724/02.

 

            Adjunto para distribución al Consejo Permanente un informe que contiene la información solicitada.

 

            Aprovecho la oportunidad para reiterar a Vuestra Excelencia las seguridades de mi más alta y distinguida consideración.

 

 

                                                                                    César Gaviria

 

 

 

Excelentísimo señor

Roger Noriega

Embajador, Representante Permanente de los Estados Unidos

  ante la Organización de los Estados Americanos

Washington, D.C.

 


INFORME DEL SECRETARIO GENERAL 

EN RESPUESTA AL DOCUMENTO CP/INF. 4724/02


Carta de transmisión del SECRETARIO GENERAL. iii

INFORME DEL SECRETARIO GENERAL EN RESPUESTA.. 1

AL DOCUMENTO CP/INF.4724/02. 1

Antecedentes.. 1

I.      EL PROYECTO DE ACUERDO INICIAL. 2

II.     APLICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN CP/RES. 806 (1303/02) corr.1. 3

COMPROMISOS ASUMIDOS POR EL GOBIERNO DE HAITÍ DE CONFORMIDAD CON LA RESOLUCIÓN CP/RES. 806  4

a.     4 (a): “La realización de una investigación rigurosa e independiente de los sucesos relacionados con el 17 de diciembre de 2001.”. 4

b.     4 (b): “El enjuiciamiento y, cuando corresponda, la destitución de toda persona que se compruebe que haya sido cómplice en la violencia del 17 de diciembre de 2001 y días siguientes.”. 4

c.      4 (c): “La realización de una investigación rigurosa de todos los crímenes políticamente motivados.”  5

d.     4 (d) “La indemnización de organizaciones y personas que sufrieron daños y perjuicios como resultado directo de los actos de violencia del 17 de diciembre de 2001.”. 6

e.      4(e) “Una invitación a la OEA a que envíe a Haití representantes para investigar y evaluar la situación y asistir al Gobierno y pueblo de Haití a fortalecer su sistema e instituciones democráticos.". 7

f.      4(f) “Una invitación a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos para que lleve a cabo una visita in situ a Haití”  8

III.   GESTIÓN DE BUENOS OFICIOS DEL SECRETARIO GENERAL ANTE INSTITUCIONES FINANCIERAS INTERNACIONALES.. 8

A.  Banco Interamericano de Desarrollo.. 8

B.  Banco Mundial. 8

IV.    EL PAPEL DE LA MISIÓN ESPECIAL DE LA OEA PARA EL FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA EN HAITÍ 9

anexos.. 11

ANEXO I: CP/INF. 4724/02 NOTAS DE LA MISIÓN PERMANENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS AL PRESIDENTE DEL CONSEJO PERMANENTE Y EL SECRETARIO GENERAL EN RELACIÓN CON  EL PROYECTO DE RESOLUCIÓN SOBRE HAITÍ CONSIDERADO EN LA SESIÓN DE LA COMISIÓN GENERAL DEL 2 DE AGOSTO DE  2002. 13

 

ANEXO II: CARTA DEL REPRESENTANTE PERMANENTE DE HAITI, EMBAJADOR RAYMOND VALCIN DE FECHA 16 DE AGOSTO, 2002  19

 

ANEXO II A:  NOTA DEL 19 DE AGOSTO DE 2002 DEL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES DE HAITÍ 21

 

ANEXO II A (1): NOTA DEL 2 DE AGOSTO DE 2002 DEL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS AL PRESIDENTE DEL BID   22

 

ANEXO II A (2): ANÁLISIS DEL ASESOR JURÍDICO DE LA REPÚBLICA DE HAITI SOBRE TEMAS DE NEGOCIACIÓN   24

 

ANEXO II A (3). RESUMEN DE LAS MODIFICACIONES INTRODUCIDAS POR FANMI LAVALAS A LA REVISIÓN 9, DEL PROYECTO DE ACUERDO INICIAL DE LA OEA DEL 12 DE JUNIO DE 2002 Y MODIFICACIONES DE FANMI LAVALAS PRESENTADAS EL 15 DE JUNIO DE 2002 (PREPARADO POR EL GOBIERNO DE HAITÍ) 28

 

ANEXO III: TABLA COMPARATIVA DEL ACUERDO INICIAL REV. 9 Y DE LAS RESPUESTAS DEL GOBIERNO DE HAITI Y DE LA CONVERGENCIA DEMOCRÁTICA, CON COMENTARIOS HECHOS POR LA SECRETARÍA GENERAL. 37

 

ANEXO IV CP/RES 806 COMPROMISOS Y ESTADOS PERTINENTES. 67


INFORME DEL SECRETARIO GENERAL EN RESPUESTA

AL DOCUMENTO CP/INF.4724/02

 

 

Antecedentes

 

Mediante el documento CP/doc.3632/02, del 31 de julio de 2002, la Misión Permanente de Haití transmitió a la Presidencia del Consejo Permanente un proyecto de resolución para que fuera considerado en la reunión ordinaria del Consejo fijada para el 31 de julio de 2002. La consideración de dicho proyecto de resolución se trasladó a una reunión de la Comisión General del Consejo Permanente que tuvo lugar el 2 de agosto de 2002. 

 

            En el documento CP/INF.4724/02, del 7 de agosto de 2002 (que se adjunta como Anexo I), la Misión Permanente de los Estados Unidos solicitó al Secretario General clarificaciones acerca de tres aspectos mencionados en el proyecto de resolución presentado por la Delegación de Haití. 

 

Por ende, este informe se refiere a la situación existente con respecto a:

 

 

 

 

El segundo de estos tres aspectos, a saber, la evaluación de la aplicación de la resolución CP/RES. 806, plantea problemas complejos, de hecho y de juicio, que entrañan implicaciones políticas críticas. La Secretaría responde a esta solicitud del mejor modo posible dejando constancia que la OEA no posee actualmente, en Haití, los recursos que serían necesarios para responder con más detalle a todos los aspectos que podrían considerarse pertinentes a la solicitud. Es por estas razones que el informe incluye en sus conclusiones algunas consideraciones  sobre el papel de la Misión Especial de la OEA para el Fortalecimiento de la Democracia en Haití (Misión Especial).

 

      Este este informe debe ser considerado como un complemento  del informe CP/doc.3625/02 corr.3, titulado “Sexto informe de la Misión de la Organización de los Estados Americanos a Haití” (en adelante, el Sexto Informe), y del documento anterior CP/doc.3609/02 corr.1, titulado “Situación en Haití: Informe del Secretario General sobre la aplicación de las resoluciones CP/RES. 806 (1303/02) corr.1 y AG/RES. 1831 (XXXI-O/01)” del 21 de mayo de 2002. 


I.          EL PROYECTO DE ACUERDO INICIAL

           

            La solicitud de la Misión de los Estados Unidos de una clarificación del Proyecto de Acuerdo Inicial Rev. 9 figura en el Anexo I. La sección pertinente dice así:

 

            Proyecto de Acuerdo Inicial de la OEA: En la carta del Presidente Aristide del 9 de julio se dice que “Fanmi Lavalas ya ha aceptado el (Proyecto de) Acuerdo (Inicial de la OEA) y acordó firmarlo”. Sin embargo, puede observarse que el Acuerdo que se adjunta como Anexo I al documento del Gobierno de Haití, se titula concretamente  "Contrapropuesta de Fanmi Lavalas al Proyecto de Acuerdo Inicial, Revisión 9, del 12 de junio de 2002”.  La Delegación de Haití ha presentado un proyecto de resolución encomiando al Gobierno de Haití por su apoyo al Acuerdo, pero no queda en claro si se hace referencia a un apoyo a la contrapropuesta de Fanmi Lavalas, que a nuestro entender difiere significativamente de la propuesta de compromiso de la OEA, o si es un respaldo al verdadero Proyecto de Acuerdo Inicial de la OEA. Si se trata de esto último, es esencial que así lo hagan constar claramente, por escrito, el Gobierno de Haití y la OEA. Si fuera lo contrario, la Secretaría debe clarificar esta ambigüedad y señalar todas las discrepancias que existen entre la contrapropuesta de Fanmi Lavalas y el Proyecto de Acuerdo Inicial de la OEA.

 

            Como se indicó en el Sexto Informe, la Revisión 9 del Proyecto de Acuerdo Inicial se presentó a los partidos políticos, Fanmi Lavalas y la Convergencia Democrática, el 12 de junio de 2002.

 

            Fanmi Lavalas respondió por escrito el 15 de junio, sugiriendo dos cambios y una adición. Quizá el cambio clave es que la contrapropuesta de Fanmi Lavalas introdujo un procedimiento general basado en la Constitución de Haití para sustituir al calendario de partida, estipulado en la Revisión 9, que es la propuesta de compromiso de la OEA. Dependiendo de su aplicación, el calendario de partida, en especial en lo atinente a las autoridades territoriales, puede surtir un efecto sustancial en el desarrollo de la campaña electoral. Esta contrapropuesta se adjuntó luego a la carta más amplia del Presidente Aristide, del 9 de julio, que complementó las condiciones convenidas en el Proyecto de Acuerdo Inicial (incluyendo disposiciones para la constitución de un Consejo Electoral Provisional y las relativas a la seguridad durante el período electoral), con una serie de otros compromisos sobre derechos humanos, libertad de prensa y desarme.

 

             En su respuesta a la solicitud de clarificaciones, el Gobierno de Haití afirma, entre otras cosas, que se considera como garante de los puntos convenidos en el Proyecto de Acuerdo Inicial. La respuesta del gobierno subraya la necesidad de que el impacto o efecto derivado de todo acuerdo  respete  la constitucionalidad y estabilidad de las instituciones haitianas.

 

            Las respuestas de la Convergencia Democrática al Proyecto de Acuerdo Inicial Rev. 9 son mucho más numerosas.  Su posición original, que se presentó el 11 de julio de 2002, fue consignada en el Sexto Informe.<SPAN style="mso-spacerun: yes"> Ulteriormente, tras un intercambio inicial de correspondencia con la Presidencia del Consejo Permanente, que tuvo lugar entre el 23 y el 26 de julio de 2002</SPAN> (CP/INF.4712/02), la Convergencia Democrática volvió a dirigirse por escrito al Presidente del Consejo Permanente el 30 de julio de 2002, presentando una Propuesta Modificada, fechada el 29 de julio de 2002, en respuesta al Proyecto de Acuerdo Inicial Rev. 9. Si bien se percibe cierta evolución, las modificaciones propuestas por la Convergencia reabren la cuestión de las elecciones del 26 de noviembre de 2000, que nunca fueron materia de mandato de la OEA o de la Cumbre de las Américas.

            En un cuadro comparativo que constituye el Anexo III a este informe, se presenta el texto del Proyecto de Acuerdo Inicial, Revisión 9, junto con las posiciones del Gobierno de Haití, la propuesta modificada de la Convergencia Democrática, del 29 de julio, y comentarios de la Secretaría.

 

 

II.                 APLICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN CP/RES. 806 (1303/02) corr.1

 

La resolución CP/RES. 806 (1303/02) corr.1 contiene una serie de compromisos asumidos por el Gobierno de Haití (párrafos 4 y 12); por el Gobierno de Haití y la oposición (párrafos 2 y 7); por el Gobierno de Haití y la OEA (párrafo 3); por la OEA (párrafos 8, 9, 10, 11 y 14) y por la comunidad internacional (párrafos 6 y 13). En el cuadro del Anexo IV aparecen todos los compromisos, su situación y, la fuente de información indicándose, en cada caso, el documento de la  OEA correspondiente.

 

También debe tenerse en cuenta un documento distribuido por solicitud de la Misión Permanente de Haití como documento CP/INF.4720/02 corr.1, titulado “Medidas adoptadas por el Gobierno de Haití para cumplir las resoluciones 806, 1841 y 1831 de la OEA (al 18 de julio de 2002)”.

 

La eficacia de las acciones tomadas por el Gobierno de Haití para cumplir sus compromisos de conformidad con la resolución CP/RES. 806 ha sido un tema contencioso entre la oposición y el gobierno.

 

·         La oposición sostiene que el gobierno sólo ha tomado medidas cosméticas y que dicho gobierno debe ser cambiado a fin demostrar a los protagonistas que está dispuesto a crear un clima de seguridad conducente a una solución consensual de la actual crisis política y electoral.

 

·         El gobierno indica que está comprometido sin reservas a dar cumplimiento a la resolución CP/RES. 806, que se encuentra en proceso de aplicarla y que la aplicación completa exigirá tiempo y recursos. 

 

·         Los negociadores de la OEA y de la CARICOM y el Grupo de Amigos del Secretario General en Haití han insistido constantemente en la importancia de la aplicación cabal de la resolución CP/RES. 806, pero han evitado que esto se convierta en una condición previa para la conclusión del Acuerdo Inicial.   

 

En la Sección II a) infra, la Secretaría describe el estado actualizado  de aplicación de la resolución por el Gobierno de Haití, se enumeran las medidas tomadas y se establecen las cuestiones que afectan la aplicación y que pueden considerarse pendientes. Como se dijo, debe comprenderse que esta actualización no es completa ni constituye una guía cabal de lo que aún debe hacerse.

 

 


 

COMPROMISOS ASUMIDOS POR EL GOBIERNO DE HAITÍ DE CONFORMIDAD CON LA RESOLUCIÓN CP/RES. 806

 

a.       4 (a): “La realización de una investigación rigurosa e independiente de los sucesos relacionados con el 17 de diciembre de 2001.

 

Medidas tomadas

 

·         Una Comisión Investigadora especial designada por la OEA y compuesta por tres destacados juristas internacionales independientes llevó a cabo una investigación independiente. La Comisión completó su cometido y emitió su informe, que aparece en el documento CP/INF.4702/02, el 1 de julio de 2002.

 

·         En su comunicación del 9 de julio, el Gobierno de Haití expresó su disposición de poner en práctica las recomendaciones del informe.

 

 

b.       4 (b): “El enjuiciamiento y, cuando corresponda, la destitución de toda persona que se compruebe que haya sido cómplice en la violencia del 17 de diciembre de 2001 y días siguientes.

 

Medidas tomadas

 

·         El gobierno de Haití comunicó que el 9 de julio de 2002, entregó al Ministro de Justicia el informe completo de la Comisión Investigadora de los sucesos del 17 de diciembre de 2001, con instrucciones de que se examinara minuciosamente dicho informe, se investigaran todas las denuncias de actividades criminales relacionadas con esos hechos y se arrestara y enjuiciara a todos los responsables de actos de esa índole. 

 

·         Además, el gobierno de Haití ha informado que  dio instrucciones al Ministro de Justicia para que, dentro de un plazo de 60 días, publique un informe sobre todas las medidas tomadas con las finalidades señaladas.

 

·         De acuerdo a las últimas informaciones recibidas, pareciera haberse logrado progreso en la investigación judicial de los hechos del 17 de diciembre de 2001. El juez encargado de la investigación transfirió el expediente judicial al “Parquet” (Ministerio Público) para que se cumpla el siguiente paso del procedimiento penal, que consiste en la preparación de la “réquisitoire définitif” (requisitoria definitiva) por el “Parquet”.

 

·         El 14 de agosto de 2002, el señor Reynold Georges, dirigente máximo de ALAH (uno de los constituyentes de la Convergencia Democrática), notificó a la Misión Especial que las autoridades judiciales habían arrestado al señor Gardy Registre, principal sospechoso del incendio de la sede de ALAH, ocurrido el 17 de diciembre de 2001.

Medidas pendientes

 

·         Al 16 de agosto de 2002 se habían realizado investigaciones pero no se había enjuiciado a persona alguna explícitamente acusada de haber participado en los hechos del 17 de diciembre de 2001.

 

·         La Secretaría no está en condiciones de confirmar la aseveración del gobierno según la cual se nombró un panel de tres jueces investigadores con el cometido de supervisar los casos del 17 de diciembre. Según la información de que dispone, solo se nombró un juez investigador, Bernard Saint-Vil, para llevar a cabo estas actuaciones. En estos momentos no es posible evaluar el alcance y la calidad de las investigaciones judiciales realizadas hasta el presente.

 

·         La Comisión Investigadora afirmó que Amiot Métayer, alias “Cubain”, fue un perpetrador notorio de actividades violentas el 17 de diciembre de 2001, en la ciudad de Gonaïves. El 3 de julio de 2002, Métayer fue arrestado y encarcelado por la policía haitiana. Según Marcel Jean, el juez investigador en Gonaïves, Métayer fue arrestado por la participación que se le atribuye en el incendio de algunas viviendas del barrio Jubilee, de Gonaïves, el 12 de mayo de 2002, hecho que no guarda relación con los sucesos del 17 de diciembre de 2001. El 2 de agosto de 2002, partidarios de Métayer atacaron la prisión, lo liberaron y también quemaron varios edificios públicos, entre ellos el que servía de sede al Tribunal de Gonaïves.

 

·         El mismo juez investigador, Bernard Saint-Vil, está a cargo de los casos del 17 de diciembre de 2001, de los asesinatos de Jean Dominique y Jean-Claude Louissaint y (como otros jueces haitianos) de muchos otros casos, lo que despierta dudas en cuanto a que su trabajo pueda hacerse en forma eficaz y oportuna, habida cuenta del abultado caudal de casos a su cargo.

 

c.       4 (c): “La realización de una investigación rigurosa de todos los crímenes políticamente motivados.

 

Es conveniente dejar constancia que, la identificación de un crimen como “políticamente motivado” es ambigua cuando se la efectúa en forma previa a la determinación judicial de sus causas.  Durante el debate y la redacción de la resolución CP/RES. 806, se mencionaron dos casos, a saber, los de Jean Dominique y Brignol Lindor. 

 

Medidas tomadas

 

·         El 12 de junio de 2002, durante una reunión entre el Presidente Aristide y dirigentes de la oposición que tuvo lugar en la Nunciatura Apostólica en Puerto Príncipe, se analizó una lista incompleta de crímenes a los que se atribuyen móviles políticos.  La lista fue remitida por la oposición al Ministerio de Justicia e incluye los casos de Jean Dominique, Jean Claude Louissaint, Brignol Lindor, Ramy Darant, Marc André Diogène, Mireille Durocher Bertin, Pasteur Antoine Leroy, Jacques Florival, el diputado Jean Hubert Feuillé, el senador Yvon Toussaint, el padre Jean Pierre-Louis, y los coroneles Jean Lamy y Max Mayard.

 

·         Caso de Jean Dominique: El 9 de julio se nombró a un nuevo juez investigador – Bernard Saint-Vil– del caso Dominique/Louissaint. El magistrado dijo que la señora Michèle Montas, viuda de Jean Dominique, sería invitada a testificar en el caso de su marido el lunes 19 de agosto de 2002, como “parte civil”; y que el martes 20 de agosto y el jueves 22, los dos sospechosos que se encuentran bajo custodia y el senador Dany Toussaint, respectivamente, serían nuevamente interrogados con respecto a este asunto. Hay indicios de que el juez procedería de la misma forma que su predecesor, el juez Claudy Gassant.

 

·         Caso de Brignol Lindor: La investigación del asesinato de Lindor prosigue.  En abril, el juez investigador presentó su informe al “Parquet”, que lo devolvió en junio por considerarlo incompleto. Inicialmente fueron arrestados dos individuos cuya conexión con el caso aún no ha sido probada. En junio se practicaron otros dos arrestos – esta vez de individuos conocidos como activistas de Domi Nan Bwa, la organización que ha reconocido públicamente que atacó a Lindor.

 

El “Cartel” (Concejo Municipal) de Petit-Goâve fue destituido por el gobierno, ante las denuncias de que el alcalde adjunto participó en el asesinato de Brignol Lindor.

 

Medidas pendientes

 

·         Como se indicó, el juez Saint-Vil es el mismo que investiga los casos del 17 de diciembre de 2001, los asesinatos de Jean Dominique y Jean-Claude Louissaint, y muchos otros casos.

 

·         Hasta el momento no se ha finalizado investigación alguna.

 

·         La investigación del asesinato de Jean Dominique, que ya lleva más de dos años, se ha estancado en varias ocasiones; dos jueces la abandonaron y un  testigo que hubiera sido importante murió en circunstancias sospechosas. Hasta ahora han sido vanos los esfuerzos judiciales para despojar de su inmunidad parlamentaria al senador Dany Toussaint que ha sido investigado en relación con el caso.

 

·         Como se dijo, el gobierno destituyó al Concejo Municipal de Petit-Goâve; sin embargo, nadie, incluido el alcalde adjunto, ha sido encausado.

 

 

d.       4 (d) “La indemnización de organizaciones y personas que sufrieron daños y perjuicios como resultado directo de los actos de violencia del 17 de diciembre de 2001.”

 

Medidas tomadas

 

·         Consejo Consultivo de Indemnizaciones: El Gobierno de Haití estuvo de acuerdo con la propuesta de la OEA de que se nombrara un Consejo Consultivo de Indemnizaciones, compuesto por tres miembros, con el cometido de examinar los reclamos de indemnizaciones a raíz de los sucesos del 17 de diciembre de 2001 y de formular recomendaciones acerca de la validez de cada reclamo y del monto que debiera abonarse por tal concepto. El gobierno colaboró decididamente con el Consejo Consultivo y, ante la solicitud de la OEA de que formara parte del Consejo un representante del gobierno, nombró al Ministro de Obras Públicas, Harry Clinton, para que integrara ese órgano junto con el Presidente de las Asociaciones de Seguros Haitianas y el Director del Departamento de Derecho Internacional de la Secretaría General de la OEA. El Consejo Asesor completó su examen de los reclamos presentados a comienzos de julio de 2002 y presentó sus conclusiones al gobierno, como se estipula en los términos de referencia.

 

·         Acuerdo para el pago de indemnizaciones: El Estado se ha comprometido formalmente a indemnizar a todas las entidades, instituciones, organizaciones y personas que hayan sufrido daños como consecuencia del ataque al Palacio Nacional, el 17 de diciembre de 2001, conforme a lo estipulado en el párrafo 4(d) de la resolución 806 y en el párrafo 9 de las Recomendaciones de la Comisión Investigadora de los hechos del 17 de diciembre de 2001.

 

·         Acuerdo entre el gobierno y los representantes legales de la Convergencia:  El 9 de julio de 2002, durante la visita de una misión mediadora de la OEA y la CARICOM, el Ministro de Justicia y los  abogados de la oposición se reunieron en atención a e a la  solicitud que les formulara el Secretario General Adjunto Einaudi, jefe de la misión.  En esa oportunidad firmaron un protocolo en torno a dos principios: a) un acuerdo negociado entre las víctimas y el Estado respecto del pago de indemnizaciones y b) el Gobierno haitiano se comprometió, a la firma del protocolo, a realizar el pago a cada víctima de acuerdo con procedimientos estipulados por el Consejo Consultivo de Indemnizaciones, de la OEA.

 

Medidas pendientes

 

·         La Secretaría no ha recibido información de que hayan continuado las tratativas acerca de este asunto o de que se hayan realizado efectivamente pagos conforme a lo establecido en el protocolo mencionado.

 

e.       4(e) “Una invitación a la OEA a que envíe a Haití representantes para investigar y evaluar la situación y asistir al Gobierno y pueblo de Haití a fortalecer su sistema e instituciones democráticos."

 

El Gobierno de Haití extendió esa invitación y el 1 de marzo de 2002 firmó un acuerdo formal con la OEA para el establecimiento de una Misión Especial de la OEA para el Fortalecimiento de la Democracia en Haití.

 

La Misión Especial comenzó a trabajar en abril de 2002 en aspectos relativos a seguridad, justicia, derechos humanos, desarrollo democrático, gobernabilidad y fortalecimiento institucional. Ha trabajado en estrecho contacto con el gobierno en el fortalecimiento de una serie de instituciones clave, acordándose brindar prioridad al servicio policial. El criterio de la misión ha sido lograr la máxima participación del Gobierno de Haití y de las entidades del sector privado a fin de multiplicar los beneficios e incrementar la posibilidad de que éstos sean duraderos.

 

f.        4(f) “Una invitación a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos para que lleve a cabo una visita in situ a Haití

 

Medidas tomadas

 

El Gobierno de Haití invitó a la CIDH, que aceptó la invitación y realizó una visita in situ en mayo 2002, con pleno respaldo y cooperación del gobierno. Al concluir su visita el 31 de mayo, la delegación de la CIDH emitió un comunicado de prensa detallado y planea presentar un informe completo a la brevedad. La próxima visita se ha programado del 21 al 29 de agosto e incluye planes para mantener audiencias, analizar casos y realizar dos seminarios sobre el sistema interamericano de derechos humanos.

 

 

III.         GESTIÓN DE BUENOS OFICIOS DEL SECRETARIO GENERAL ANTE INSTITUCIONES FINANCIERAS INTERNACIONALES

 

            De acuerdo con la solicitud de la Misión Permanente de los Estados Unidos, se consultó al Gobierno de Haití y al Banco Interamericano de Desarrollo. Conforme a la resolución AG/RES. 1841, la Secretaría General también aprovechó la oportunidad de la preparación de este informe para solicitar al Banco Mundial información acerca de la situación actual de las negociaciones en curso o previstas con el Gobierno de Haití.

 

A.     Banco Interamericano de Desarrollo

 

Como reacción inicial ante la solicitud de información, el Banco confirmó a la Secretaría que una misión técnica había visitado Haití desde el 28 de julio al 3 de agosto de 2002 y que sus términos de referencia indicaban la adopción de las primeras medidas para trabajar con el gobierno en torno a las condiciones financieras y técnicas necesarias para la eventual reactivación del programa de préstamos para Haití.  El Banco informó, además, que la misión se había cumplido con éxito, y que se había llegado a compromisos respecto de la liquidación de atrasos, la reformulación de préstamos ya firmados y la continuación del diálogo sobre el desarrollo. 

 

La Misión Técnica encontró un equipo de contrapartida competente y tiene la intención de proponer que el Banco siga trabajando con el gobierno con vista a una eventual reactivación. De las actividades en este país.  Al prepararse el presente informe la Administración del Banco se encontraba preparando el informe de misión que se sometería a consideración del Directorio Ejecutivo cuando éste reanudara su trabajo tras el receso veraniego, a fines de este mes.

 

El Gobierno de Haití se declaró satisfecho por la respuesta preliminar del BID y aguardaba con interés el restablecimiento de la cooperación entre Haití y el BID (Anexo II A (1), carta de fecha 2 de agosto de 2002 del Ministro de Economía y Finanzas al Presidente del Banco Interamericano de Desarrollo).

 

B.     Banco Mundial

 

El Banco Mundial informó que su cartera de la AIF en Haití se suspendió el 29 de enero de 2001 debido a los atrasos en los pagos y al hecho de que las operaciones en Haití se habían  declarado improductivas desde el 17 de septiembre de 2001. Consecuentemente, todos los proyectos fueron clausurados el 31 de diciembre de 2001.

 

En la reunión que el Grupo de Contacto del Banco Mundial con Haití realizó en febrero de 2002, la comunidad donante convino en que la plena normalización de las relaciones con el Gobierno de Haití estaría supeditada a la solución de la crisis política, a la determinación de de una política macroeconómica prudente confirmada por la aplicación de un programa de varios  meses, controlado por el FMI, y a un compromiso fehaciente de mejoramiento de la gobernabilidad.

 

Sin perjuicio de esta posición, el Banco Mundial ha preparado una estrategia de respaldo que propone la canalización de asistencia con carácter de donación a la Misión Especial de la OEA en Haití, para financiar actividades de fortalecimiento de la gobernabilidad. Se ha aprobado una donación de US$1 millón del Fondo Post Conflicto para apoyar esta iniciativa, una vez que se hayan ultimado los detalles del programa propuesto con la Misión  Especial.

 

Como parte de su estrategia de respaldo, el Banco Mundial también proyecta la preparación de un examen institucional y de gobernabilidad durante los próximos 18 meses, una evaluación de la pobreza concentrada en problemas que enfrentará la Hispaniola de aquí al 2004 y la continuidad del respaldo a la coordinación con los donantes y el diálogo sobre Haití.

 

El Banco Mundial prevé la continuidad del diálogo y la cooperación con la OEA y, apenas las condiciones lo permitan, la renovación de su compromiso con el Gobierno de Haití.

 

 

IV.              EL PAPEL DE LA MISIÓN ESPECIAL DE LA OEA PARA EL FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA EN HAITÍ

 

La Comisión Investigadora recomendó que “la comunidad de donantes asigne fondos adicionales para financiar los programas de fortalecimiento económico, social e institucional en Haití”. Una Misión Especial reforzada podría asumir responsabilidades adicionales en respaldo de los compromisos del Gobierno de Haití y acompañar la aplicación cabal de la resolución 806 y la puesta en marcha de otras iniciativas mediante ciertas salvaguardias, por ejemplo, un calendario, marcos de referencia, control e información. Esto requeriría tanto una resolución del Consejo Permanente que imparta a la Secretaría y a la Misión mandatos e instrucciones adecuados como el financiamiento necesario para llevarlos a cabo.

 

Desde abril de 2002 ha sido evidente que debe establecerse una fórmula de  cooperación entre el Estado haitiano, la Misión Especial y entidades privadas haitianas que pueda ser productiva para todos los interesados.  No obstante, es claro que, para llevar a cabo su mandato de ayudar a Haití a fortalecer la democracia y prestar asistencia en materia de seguridad, justicia, derechos humanos y gobernabilidad, se ha previsto que la Misión Especial necesitará recursos superiores a los de US$3 millones. Además, la mayor parte de los fondos en consideración en estos momentos están sujetos a  condiciones relativas a cuándo y cómo pueden gastarse, según  las normas y políticas de las organizaciones donantes. Ello explica que e los fondos para la cuestión clave de la seguridad son en la actualidad inferiores a lo que se requiere.

 

Además de los mandatos que se le confirieron en la primavera pasada, con posterioridad al informe del Secretario General del 3 de abril de 2002, a la Misión Especial también podría encomendársele asistir en la implementación de las disposiciones del “Acuerdo Inicial”, así como respecto de otros compromisos anunciados por las partes y la comunidad internacional.. En este contexto, es oportuno dejar constancia que la Misión Especial puede desempeñar un importante papel en el ámbito de la seguridad y en el del compromiso para establecer un diálogo nacional.

 

Es razonable suponer teniendo en cuenta la importancia crítica que reviste, que a la OEA y a su Misión Especial se les solicitará asistencia para la planificar, coordinar, observar  las elecciones, así como la prestación de asistencia necesaria a los dirigentes del Gobierno haitiano durante el proceso electoral. El financiamiento para la mayor parte de esta labor de la OEA tendrá que ser provisto por separado.

 


anexos


ANEXO I: CP/INF. 4724/02 NOTAS DE LA MISIÓN PERMANENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS
AL PRESIDENTE DEL CONSEJO PERMANENTE Y EL SECRETARIO GENERAL EN RELACIÓN CON  EL PROYECTO DE RESOLUCIÓN SOBRE HAITÍ CONSIDERADO EN LA SESIÓN DE LA COMISIÓN GENERAL DEL 2 DE AGOSTO DE  2002

 


 

 


OEA/Ser.G

CP/INF. 4724/02

7 agosto  2002

Original: inglés

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

NOTAS DE LA MISIÓN PERMANENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS
AL PRESIDENTE DEL CONSEJO PERMANENTE Y EL SECRETARIO GENERAL

EN RELACIÓN CON  EL PROYECTO DE RESOLUCIÓN SOBRE HAITÍ CONSIDERADO

EN LA SESIÓN DE LA COMISIÓN GENERAL DEL 2 DE AGOSTO DE  2002

 

 

 

 


Departamento de Estado de los Estados Unidos

 

Misión Permanente de los Estados Unidos ante la

Organización de los Estados Americanos

 

Washington, D.C. 20520

 

 

7 de agosto de 2002

 

 

 

Embajador Roger F. Noriega

Presidente del Consejo Permanente

  de la Organización de los Estados Americanos 

Washington, D.C. 20006

 

 

Señor Presidente:

 

            En las  intervenciones sobre la situación en Haití en la sesión del Consejo Permanente del 31 de julio y la sesión de la Comisión General del 2 de agosto, la Delegación de los Estados Unidos propuso que la OEA siguiera un proceso de dos etapas para determinar la acción futura: (1) una resolución provisional, adoptada a más tardar el 2 de agosto, que aclarara los hechos y ayudara a preparar el camino para que la OEA adopte un nuevo enfoque en las semanas siguientes y (2) una resolución más considerada, detallada que estipulara claramente cuál podría ser ese enfoque y diera nuevos mandatos al Secretario General de la OEA. Poco se adelantó el 2 de agosto porque las demás delegaciones no deseaban adoptar una resolución provisional y la Delegación de los Estados Unidos no quiso precipitarse y adoptar una resolución de amplio alcance acerca de un nuevo enfoque sin consideración cuidadosa de los hechos y las repercusiones. Estamos plenamente dispuestos, no obstante, a trabajar con otras delegaciones para empezar a redactar una única resolución sobre el nuevo enfoque una vez que hayamos recibido la información básica para este proceso.

 

            En la sesión de la Comisión General del 2 de agosto, se hizo cada vez más claro que hay varios puntos que requieren aclaración adicional. El proyecto de resolución de los Estados Unidos que fue repartido en esa sesión incluía una solicitud al Secretario General de la OEA de que brindara esa aclaración. Puesto que no va a haber una resolución provisional, mi delegación ha solicitado ahora directamente al Secretario General, por medio de la nota adjunta, que proporcione por escrito una aclaración de diversos puntos. En particular, hemos solicitado que el Secretario General: (1) aclare si el Gobierno de Haití ha aceptado el Proyecto de Acuerdo Inicial de la OEA o sólo la contrapropuesta de Fanmi Lavalas a ese proyecto; (2) informe sobre todas las medidas adoptadas, en curso o aún no adoptadas para cumplir la resolución 806 del Consejo Permanente; y (3) presente información actualizada al Consejo Permanente sobre las medidas adoptadas para ejecutar aspectos de la resolución 1841 de la Asamblea General con respecto a la reciente misión técnica a Haití del Banco Interamericano de Desarrollo.

 

            Como manifestó mi delegación en sesiones recientes del Consejo Permanente y la Comisión General, creemos que la información solicitada al Secretario General será esencial para ayudar a los Estados Miembros a proceder con un proyecto de resolución sobre Haití. Por tanto, hemos solicitado que esta información sea presentada a más tardar el 13 de agosto, a fin de que pueda ser considerada antes de que la Comisión General reanude el debate sobre el texto de lo que nuestra delegación espera sea una resolución sobre Haití orientada hacia el futuro.

 

            Mucho agradeceré que tenga a bien distribuir esta nota y nuestra nota al Secretario General a todas las misiones permanentes.

 

                                                                                    Atentamente,

 

 

                                    Peter DeShazo

                                    Representante Permanente Alterno

 

 

 

Adj       Nota al Secretario General, señor César Gaviria, del 6 de agosto de 2002


 

Departamento de Estado de los Estados Unidos

 

Misión Permanente de los Estados Unidos ante la

Organización de los Estados Americanos

 

Washington, D.C. 20520

 

 

6 de agosto de 2002

 

 

 

Señor Secretario General:

 

            En nuestras deliberaciones recientes sobre Haití en la Comisión General y el Consejo Permanente se suscitaron varios puntos que la Misión Permanente de los Estados Unidos considera que requieren aclaración por parte de la Secretaría. Mi delegación mucho agradecería a Vuestra Excelencia que tuviera a bien proporcionar esa aclaración a la brevedad posible, teniendo en cuenta la necesidad de esa información para orientar el debate y la preparación de cualquier futura resolución del Consejo Permanente sobre Haití.

 

            Concretamente, solicitamos aclaración por escrito en torno a lo siguiente:

 

1.                   Proyecto de Acuerdo Inicial de la OEA:  La carta del 9 de julio del Presidente Aristide dice que “Fanmi Lavalas ya aceptó el [Proyecto de] Acuerdo [Inicial de la OEA] y acordó firmarlo”. Observamos, sin embargo, que el Acuerdo que se adjunta como anexo I del documento del Gobierno de Haití se titula específicamente “Contrapropuesta de Fanmi Lavalas al Proyecto de Acuerdo Inicial, Rev. 9, 12 de junio de 2002”. La Delegación de Haití presentó un proyecto de resolución encomiando al Gobierno de Haití por haber apoyado el Acuerdo, pero no está claro si este apoyo se refiere a la contrapropuesta de Fanmi Lavalas, que entendemos difiere considerablemente de la propuesta de compromiso de la OEA, o si es una aceptación del propio Proyecto de Acuerdo Inicial de la OEA. En este último caso, creemos que es esencial que ello sea aclarado por escrito, tanto por el Gobierno de Haití como por la OEA. En el primer caso, la Secretaría debería aclarar esta ambigüedad y señalar todas las discrepancias entre la contrapropuesta de Fanmi Lavalas y el Proyecto de Acuerdo Inicial de la OEA.

 

 

 

Excelentísimo señor

César Gaviria

Secretario General

Organización de los Estados Americanos

Washington, D.C.


 

2.                   Cumplimiento de la resolución 806 del Consejo Permanente: El texto del proyecto de resolución haitiano encomia al Gobierno de Haití por las medidas que ha adoptado en cumplimiento de la resolución 806 del Consejo Permanente. Si bien mi delega­ción reconoce que el Gobierno de Haití ha en efecto tomado ciertas medidas para cumplir esta resolución, creemos que es esencial que la Secretaría presente al Consejo Permanente un informe que claramente indique: (a) qué medidas de cumplimiento han adoptado el Gobierno de Haití, la OEA y otras partes, y (b) qué medidas aún deben adoptarse para el pleno cumplimiento de la resolución 806. En  los casos en que la resolución 806 pide que se concluyan ciertas acciones, mucho agradeceríamos una aclaración acerca del estado de implementación.

 

3.                   Buenos oficios del Secretario General ante las instituciones financieras internaciona­les: La resolución 1841 de la Asamblea General, aprobada hace dos meses en Barbados, exhorta al Gobierno de Haití y a las instituciones financieras internacio­nales a iniciar conversaciones para abordar las cuestiones financieras y técnicas no resueltas y las medidas de procedimiento “anticipando una solución negociada de la crisis política y la eventual reanudación de la cooperación económica normal”. Con ese fin, una misión técnica del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) llegó a Haití el 29 de julio para iniciar conversaciones con el Gobierno de Haití. Mi delegación solicita que el Secretario General consulte con el BID y el Gobierno de Haití, de conformidad con la resolución 1841, sobre los resultados de dichas conversaciones y que informe por escrito al Consejo Permanente.

           

            Mi delegación cree que la información que aquí se solicita es esencial para entender los actuales acontecimientos en Haití y debe estar disponible antes de que el Consejo Permanente adopte una resolución que modifique los mandatos y el enfoque de la OEA para la solución de la crisis política en Haití. Solicitamos, por tanto, que tenga a bien presentar la información por escrito al Consejo Permanente antes del 13 de agosto a fin de facilitar la labor de los Estados Miembros de la OEA en la determinación de los próximos pasos más apropiados de la Organización.

 

            Aprovecho la oportunidad para reiterar a Vuestra Excelencia las seguridades de mi más alta y distinguida consideración.

           

 

                                    Peter DeShazo

                                    Representante Permanente Alterno

 

 

cc:        Presidente del Consejo Permanente

 

 

 

 

 


ANEXO II: CARTA DEL REPRESENTANTE PERMANENTE DE HAITI, EMBAJADOR RAYMOND VALCIN DE FECHA 16 DE AGOSTO, 2002

 

 

Misión Permanente de Haití

ante la

Organización de los Estados Americanos

 

 

MPH-OEA 364/02

Washington, D.C., viernes 16 de agosto de 2002

 

 

Señor Secretario General Adjunto:

 

            Tengo el honor de referirme a su comunicación del 9 de agosto de 2002 relativa a la solicitud de la Delegación de los Estados Unidos de una aclaración de la posición del Gobierno de la República de Haití en relación con el Proyecto de Acuerdo Inicial rev. 9. En ese contexto, permítame dirigir su atención a lo siguiente:

 

1.                   Ni el Ministro Hunte ni usted mismo, en su calidad respectiva de co-responsables de la última Misión OEA/CARICOM en Haití, expresaron en ningún momento una sola duda en cuanto al documento al cual se hacía referencia (en este caso, la respuesta de Fanmi Lavalas) en los dos textos que el Ejecutivo haitiano transmitió a esta Misión, es decir, la carta de fecha 9 de julio de 2002 del Presidente Aristide y el memorando, adjunto a dicha carta, por el cual el Gobierno de la República de Haití manifestaba su aprobación de la respuesta enviada por Fanmi Lavalas al Proyecto de Acuerdo rev. 9.

 

2.                   El Gobierno de la Republica de Haití no negoció directamente con la OEA/CARICOM la Revisión 9 del Proyecto de Acuerdo Inicial.  Asimismo, no le corresponde asumir ese papel, en vista de su condición de garante del buen funcionamiento del Estado, que se sitúa por encima de las organizaciones partidarias. El documento de la OEA, rev. 9, fue sometido en vez a los dos partidos políticos principales. Fanmi Lavalas le dio su apoyo, sujeto a dos enmiendas, si bien menores, destinadas a compatibilizar ciertas disposiciones del proyecto de Acuerdo Inicial con el marco constitucional vigente en el país. Por otra parte, la Convergencia Democrática, en carta que fue recibida recién el 21 de junio, condicionó su respuesta “a previos ‘actos concretos’ por parte del Gobierno”, como consta en el sexto informe de la Misión OEA/CARICOM.

 

 

 

Embajador Luigi Einaudi

Secretario General Adjunto

Organización de los Estados Americanos

 

 

3.                   La Misión OEA/CARICOM ya respondió a la respectiva posición de cada partido político. En efecto, declaró “inaceptables las enmiendas/condiciones propuestas” por la Convergencia; por otra parte, nunca hizo comentarios sobre la respuesta de Fanmi Lavalas, apoyada por el Gobierno de Haití –respuesta que la OEA varias veces calificó de positiva y flexible (entre otras, en el sexto informe de la Misión).

 

4.                   La posición de las autoridades haitianas no ha cambiado y continúa siendo perfectamente clara. El Gobierno ha aceptado hacer “todo lo posible para facilitar el acuerdo de todos los partidos políticos con los términos del Proyecto de Acuerdo Inicial”.  Acoge con beneplácito la aceptación por parte de Fanmi Lavalas de la Revisión 9, que constituye una base valiosa de resolución siempre que se logre su harmonización con las disposiciones de la Constitución de la República de Haití; de ahí las dos enmiendas formuladas en la respuesta de Fanmi Lavalas, que fueron plenamente apoyadas por el Gobierno de Haití.

 

5.                   Teniendo en cuenta la importante contribución de la CARICOM a los esfuerzos dirigidos a resolver la crisis haitiana, sería pertinente colocar la Misión Especial bajo la Misión OEA/CARICOM, tal como se recomienda en la respuesta de Fanmi Lavalas, que fue plenamente apoyada por el Gobierno de Haití.

 

            Aprovecho la oportunidad para reiterar al señor Secretario General Adjunto las seguridades de mi más alta y distinguida consideración.

 

 

                                                                                                Raymond Valcin

                                                                                        Representante Permanente


ANEXO II A:  NOTA DEL 19 DE AGOSTO DE 2002 DEL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES DE HAITÍ

 

 

 


REPÚBLICA DE HAITI

Ministerio de Relaciones Exteriores

 

 

19 de agosto de 2002

 

Señor Luigi Einaudi

Secretario General Adjunto

Organización de los Estados Americanos

Washington, D.C.

 

Señor Secretario General Adjunto:

 

Con referencia a la carta del Representante Permanente de Haití, Embajador Raymond Valcin, del 16 de agosto de 2002, le remito los adjuntos siguientes:

 

           Carta del Ministro de Economía y Finanzas de Haití, señor Faubert Gustave al señor Enrique V. Iglesias, Presidente del Banco Interamericano de Desarrollo

 

           Análisis jurídico del Asesor Jurídico de Haití en los Estados Unidos, Ira Kurzban, en relación con aspectos de la negociación

 

           Resumen de las modificaciones de Fanmi Lavalas a la Revisión 9

 

           Revisión 9 del Proyecto de Acuerdo Inicial de la OEA del 12 de junio de 2002 y las modificaciones presentadas por Fanmi Lavalas el 15 de junio de 2002

 

 

Aprovecho la oportunidad para reiterar al señor Secretario General Adjunto las garantías de mi más distinguida consideración.

 

Atentamente,

 

Joseph Philippe Antonio

Ministro


ANEXO II A (1): NOTA DEL 2 DE AGOSTO DE 2002 DEL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS AL PRESIDENTE DEL BID

 

 

REPUBLICA DE HAITÍ

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

 

El Ministro

 

 

No BM/BID/801/08‑02                                      Port‑au‑Prince, 2 de agosto de 2002

 

 

 

Señor Enrique V. IGLESIAS

Presidente

Banco Interamericano de Desarrollo

 

Señor Presidente:

 

            Ante todo, quisiera expresarle el agradecimiento del Gobierno de Haití por su decisión de enviar una Misión Técnica a nuestro país. Tras haber participado con otros ministros en varias etapas de las conversaciones con la Misión, pude confirmar la intención del Banco Interamericano de Desarrollo de establecer un nuevo diálogo dentro del marco de una cooperación real con Haití. Es obvio que su compromiso personal a favor de Haití ha sido un factor determinante en la protección de los intereses del país en el Banco.

 

            Por su parte, el Equipo Técnico Intersectorial creado para actuar como contrapartida local ha apreciado mucho la calidad de los intercambios mantenidos y el profesionalismo de los integrantes de la misión. Se creó un buen ambiente de trabajo que contribuyó a afianzar la convicción del lado haitiano de que estamos en el umbral del desbloqueo económico del país. También es nuestro deseo que este nuevo diálogo estimule a otras contrapartes de nuestro país a revaluar sus posiciones y acelerar la reanudación de sus actividades en el país.

 

            En todo caso, en vista de este nuevo espíritu de diálogo y de la importancia de la participación del BID en la implementación de la estrategia y el programa de desarrollo del país, puedo confirmar la intención del Gobierno de seguir cumpliendo sus compromisos con el BID, como lo hiciera en el pasado.

 

            Actualmente se están estudiando varias opciones para el pago de los atrasos, incluidas las contribuciones de ciertos países amigos y la negociación de financiaciones puente. Aunque los contactos con nuestras contrapartes no concluyan a tiempo, el Gobierno adoptará las medidas necesarias para cumplir las obligaciones del país.

 

            Teniendo en cuenta la fragilidad de nuestras reservas en divisas, la necesidad de usar parte de los recursos locales para financiar actividades que apuntan a aliviar el sufrimiento de la población y la perspectiva del desbloqueo económico, pensamos que estaremos en condiciones de pagar todos los atrasos en los próximos meses, pues pensamos que la República de Haití está en el umbral del levantamiento de las sanciones económicas.

 

            Sin embargo, el Gobierno sigue preocupado por el hecho de que factores externos y todo tipo de interferencias pudieran incidir en los resultados positivos y concretos de la cooperación que el BID y Haití desean reestablecer. Por esta razón, el envío de señales inequívocas de ambas partes constituye la base sobre la cual construir y consolidar esta cooperación.

 

            Está claro que, una vez resuelta la cuestión de los atrasos, la situación de flujos netos negativos netas empeorará, sin olvidar la probable ocurrencia de desequilibrios coyunturales a nivel macroeconómico. Por lo tanto, es esencial, dentro del marco de una nueva cooperación entre el país y su institución, que ésta pronto esté en condiciones de ayudar al Gobierno a corregir esta situación utilizando todos los instrumentos financieros y otros a su disposición.

 

            Como usted sabe, señor Presidente, desde 1998 Haití no está en condiciones de utilizar los recursos del Fondo de Operaciones Especiales que le fueron asignados. A fin de evitar la repetición de esta situación, le agradecería que autorizara, cuanto antes, una misión que pueda definir con el Gobierno un programa operativo para utilizar la asignación de 2002‑2003.

 

            Aprovecho esta oportunidad para reiterarle, señor Presidente, las seguridades de mi más alta estima.

 

 

                                                                                    Faubert GUSTAVE

 

 

 


ANEXO II A (2): ANÁLISIS DEL ASESOR JURÍDICO DE LA REPÚBLICA DE HAITI SOBRE TEMAS DE NEGOCIACIÓN

 

 

21 de agosto de 2002

 

 

 

Excelentísimo señor

Philippe Antonio

Ministro de Relaciones Exteriores

Ministerio de Relaciones Exteriores

Port-au-Prince, Haití

 

 

 

Estimado señor Ministro:

 

            Conforme a lo solicitado, tengo el honor de transmitir a Vuestra Excelencia mi análisis jurídico en relación con las cuestiones que podrían plantearse en relación con las propuestas y las negociaciones para poner fin al actual “impasse” político. Espero que este documento le facilite la busqueda de soluciones para  estas cuestiones.

 

            Hago propicia esta oportunidad para expresar al Señor Ministro, los sentimientos de mis máas alta consideración                                                                            Atentamente,

 

 

                                                                                    Ira J. Kurzban, Esq.

                                                                                    Asesor Jurídico de la República de Haití


LA SOLUCIÓN NEGOCIADA DEL IMPASSE POLÍTICO EN HAITÍ

DEBE CONFORMARSE CON LOS PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES

Y DEMOCRÁTICOS

 

 

            Existen numerosas ventajas en examinar los problemas desde diversas perspectivas, por lo cual deben considerarse puntualmente todas las propuestas serias de los partidos políticos para poner fin al impasse actual. No puede arribarse a una solución a corto plazo de esta situación a costa de la Constitución o del desarrollo a largo plazo de la democracia haitiana.


            Aunque la flexibilidad y la apertura son esenciales para resolver la situación y para el constante desarrollo de la sociedad haitiana, la discrecionalidad de todos los involucrados no es ilimitada, sino que está circunscrita por la Constitución de Haití, sus leyes y los principios fundamentales de la democracia. En este memorando se examinarán las maneras en que ciertas soluciones propuestas están así limitadas.


I.  Elección del Primer Ministro


            El artículo 137 de la Constitución de Haití exige que el Primer Ministro sea elegido por el Presidente “entre los miembros del partido que tenga mayoría en el Parlamento”. Si no hay mayoría, el Presidente elige al Primer Ministro en consulta con los presidentes de ambas cámaras. En cualquiera de los casos, esta elección debe ser ratificada por el Parlamento. Esto ocurre en muchos otros países, como Trinidad y Tobago, donde recientemente el equilibro de poder se modificó por un escaño, determinando la designación y ratificación de un nuevo Primer Ministro. Análogamente, el año pasado, en el Senado de los Estados Unidos, cuando un Senador cambió de partido, el equilibrio de poder pasó de un partido a otro, dando lugar a un cambio en el líder de la mayoría y en todas las presidencias de las comisiones. Evidentemente, no es necesario que el ejecutivo y el parlamento sean del mismo partido, como lo demuestran estos dos ejemplos.

 

            El Parlamento de Haití tiene un partido claramente mayoritario. Esta mayoría existe inclusive en ausencia de los siete senadores impugnados a raíz de las elecciones del 21 de mayo de 2000, los cuales renunciaron a sus cargos el año pasado, en la esperanza de poner fin a la controversia en torno a su elección. En consecuencia, no se justifica dejar de lado lo dispuesto en la Constitución, de que el Primer Ministro sea elegido entre los integrantes del partido mayoritario.

 

            Una vez elegido, el Primer Ministro puede seleccionar a los miembros de su gabinete entre los partidos no mayoritarios y en otras esferas de la sociedad civil, como lo ha hecho el actual Primer Ministro con la creación del segundo gobierno abierto desde marzo de 2001. El Primer Ministro incluye a los integrantes del gabinete propuestos en la declaración de política general que presenta al Parlamento después de su propia ratificación. El Parlamento, en principio, podría demostrar su no aceptación de ciertas selecciones rechazando las partes del plan que incluyen a esos ministros propuestos. El Parlamento también podría censurarr un gobierno que no aprueba mediante un voto de falta de confianza, de una de las cámaras, obligando al Primer Ministro a  iniciar un nuevo proceso de selección de los miembros del gabinete. De manera que no se puede desconocer el papel constitucional del Parlamento en la ratificación del Primer Ministro y la aprobación de la propuesta de gabinete.

 

 

II.        Necesidad de continuidad del Parlamento y del gobierno local

 

La inexistencia del Parlamento crearía dos graves problemas de gobernabilidad. Primero, sería imposible ratificar a un Primer Ministro. Ello ocurrió en el gobierno presidencial anterior, cuandoe la mayoría de los mandatos parlamentarios caducaron antes de que se ratificara a un Primer Ministro, en medio de una crisis política que retrasó la elección de sus sucesores. El ex Presidente fue forzado a designar un Primer Ministro interino, por lo cual fue muy criticado. Segundo, la ausencia de Parlamento elimina uno de los equilibrios de poder necesarios, dejando al ejecutivo solo para gobernar. Ninguna de estas situaciones es aceptable.

 

            La continuidad es igualmente importante a nivel de las 565 secciones comunales de Haití y en las jurisdicciones geográficas más grandes. Aunque los problemas y la política nacionales atraen la máxima atención, el gobierno local con frecuencia tiene más impacto en la vida del ciudadano común. Si los funcionarios actúan individualmente en forma irregular, sin duda deben ser sustituidos. Existen ejemplos recientes de disolución y sustitución de salas de jueces por falta de conducta profesional, especialmente en Petit-Goâve, donde el alcalde  fue acusado de incitar al asesinato de Brignol Lindor, en diciembre último.  Sin embargo, no existe fundamento legal o práctico para despedir en masa a los funcionarios locales. Al igual que en el caso del Parlamento, una solución viable de la situación requiere garantizar la continuidad a nivel local.

 

            El actual impasse político se encuentra en su séptimo año. Una de sus consecuencias más graves ha sido que durante mucho tiempo Haití no contó con un gobierno completo, o un parlamento, o los dos. Esta situación obstaculizó seriamente el progreso del país, dado que una amplia gama de iniciativas, desde la cooperación internacional a la reforma legal, pasando por el combate contra la droga, la corrupción y otros delitos, fueron  detenidas o paralizadas. Ello, a su vez, dio lugar a un aumento del delito, un deterioro de la infraestructura del país y falta de progreso en la democratización de las instituciones de gobierno de Haití.

 

            No La experiencia de falta de un Parlamento o de no contar con un gobierno completo no debe repetirse. Sustiuir la controversia actual por un vacío institucional más grave que, a su vez, desatará mayores controversias no constituye una soluciónt. Los calendarios y  las disposiciones sobre remplazo de funcionarios deben garantizar la continuidad legislativa.

 

            Si fuera necesario un llamado a  elecciones anticipadas para los elegidos en mayo de 2000, es importante que se celebren lo antes posible. La incertidumbre en el cargo, tanto para los titulares locales como para los legislativos, es un impedimento para la necesaria planificación a largo plazo que requiere el avance de Haití. Esperar más de un año para las elecciones atrasaría en forma inaceptable las medidas urgentes necesarias para mejorar la suerte del haitiano medio y consolidar las instituciones democráticas.

 

            No existe fundamento alguno, sea en la Constitución o en la lógica, para anular los actos realizados por  los actuales titulares de  cargos electivos . Este Parlamento ha aprobado una serie de leyes en sus casi dos años de existencia, incluyendo una legislación histórica sobre narcotráfico, derechos del niño, fomento institucional y cooperación internacional. Las leyes no estaban muy partidarizadas ni fueron muy controvertidas, fueron debidamente aprobadas por el Parlamento y son vitales para el fomento del bienestar de la sociedad haitiana. Revertir este progreso es insostenible desde el punto de vista legal, constitucional y humanitario.

 

            La próxima legislatura tiene derecho a examinar las leyes de su predecesora y a enmendar o derogar todo lo que considere inadecuado, por una mayoría simple. Las enmiendas constitucionales tienen que ser votadas inicialmente durante la última sesión de un período legislativo y deben ser confirmadas por los legisladores entrantes en la primera sesión del siguiente período, para entrar en vigor sólo después de la instalación del siguiente Presidente electo.

 

III.       Respeto por el derecho de voto

 

            De acuerdo con la Constitución, la Carta Interamericana y otros documentos internacionales, la soberanía no radica en el gobierno ni en los partidos políticos, sino que está en manos de los ciudadanos de Haití, que delegan algunos poderes en el gobierno, en formas específicas, por la vía de las elecciones. El simple hecho de  intentar decidir por negociación lo que el pueblo soberanamente  ha decidido con claridad en las urnas,  es inconstitucional y contrario a los principios fundamentales de la democracia.

 

            El gobierno sigue proponiendo, aceptando e implementando soluciones diferentes de las dictadas por los resultados oficiales de las elecciones del 21 de mayo de 2001, sobre la base de que puede haber discrepancias razonables sobre ciertos aspectos de estos resultados. Para superar la presunción a favor de la soberanía popular, las discrepancias sólo pueden ser razonables si están documentadas y son suficientemente sustanciales como para poner en duda si los resultados oficiales representan, en realidad,  la voluntad del electorado.

 

            Algunos problemas derivados de las elecciones del 21 de mayo teneian estas caracteristicas.. Por esa razón, el gobierno instó a la renuncia de los senadores a quienes la OEA, en su Informe sobre las Elecciones, asoció con postulaciones que deberían haber ido a una segunda vuelta. Aunque el informe de la OEA no detectó problemas sistemáticos similares en las elecciones a otros cargos en la votación de mayo de 2000, el gobierno ha convenido una transacción por la que se fijaría una elección anticipada para dichos cargos.

 

            No se ha exhibido documentación similar de los problemas con las elecciones legislativas y presidenciales de noviembre de 2000. Sin una firme justificación para impugnar el cómputo de los votos de ese día por el consejo electoral, una solución que no respete los resultados oficiales constituiría un desconocimiento inadmisible de la voluntad expresada por el pueblo.


ANEXO II A (3). RESUMEN DE LAS MODIFICACIONES INTRODUCIDAS POR FANMI LAVALAS A LA REVISIÓN 9, DEL PROYECTO DE ACUERDO INICIAL DE LA OEA DEL 12 DE JUNIO DE 2002 Y MODIFICACIONES DE FANMI LAVALAS PRESENTADAS EL 15 DE JUNIO DE 2002 (PREPARADO POR EL GOBIERNO DE HAITÍ)

 

 

 

Revisión 9 del Proyecto de Acuerdo Inicial aprobado por el Gobierno de Haití

el 9 de julio de 2002,  aceptado por Fanmi Lavalas

en su contrapropuesta del 15 de junio de 2002 

 

La contrapropuesta de Fanmi Lavalas tiene sólo dos modificaciones

 

 

Resumen de las modificaciones de Fanmi Lavalas a la Revisión . 9 *

 

 

 

Calendario de partida (págs. 2-3)

 

            En vez de crear un mecanismo extra-constitucional para la remoción de los funcionarios elegidos de sus cargos, Fanmi Lavalas sugiere que sean removidos conforme al artículo 72 de la Constitución, remplazando los funcionarios por consenso, debido a la inexistencia del Concejo Departamental cuya función sería hacerlo.

 

            Esto ya se ha hecho en varios casos cuando la junta municipal fue disuelta y sustituida. El ejemplo más notorio es en Petit-Goâve, donde el alcalde  fue acusado de incitación al asesinato de Brignol Lindor en diciembre de 2001.

 

            Asimismo, Fanmi Lavalas sugiere que se supervise a los funcionarios locales antes de las elecciones, conforme a los preceptos constitucionales en vez de hacerlo bajo los auspicios de la recién creada Comisión de Garantías Electorales.

 

 

Establecimiento de la Comisión de Garantías Electorales (CGE) (pág. 4)

 

            La sugerencia de Fanmi Lavalas tiene por fin colocar al CEP comola más alta autoridad  en materia de controversias electorales. Como la CGE fue creada por el CEP, no deberíaotorgársele una competencia mayor que la del órgano que la estableció. El CEP ya tiene la competenciasugerida por el texto del proyecto de acuerdo para investigar casos de violaciones  a la constitucion por irregularidades de naturaleza electoral.

 

            La independencia y autonomía del CEP podría verse comprometida por la sugerencia del Proyecto de Acuerdo de que los archivos se transfieran a entidades no constitucionales.

 

 

 

 

            Como CARICOM ha sido socio indispensable de la OEA para resolver el impasse, Fanmi Lavalas sugiere dar crédito a su papel en el título de la Misión Especial para el Fortalecimiento de la Democracia en Haití.

 

            * Véase en el documento adjunto, Revisión 9 del Proyecto de Acuerdo Inicial de la OEA del 12 de junio de 2002 y modificaciones de Fanmi Lavalas presentado el 15 de junio de 2002, el texto completo de las modificaciones.

 

 

 


Revisión 9 del Proyecto de Acuerdo Inicial de la OEA del 12 de junio de 2002

 

y

 

Modificaciones de Fanmi Lavalas

 

Presentadas el 15 de junio de 2002

 

(textos originales en francés)

 

Clave:

Texto tachado = Rev. 9

Texto en negrita = Modificaciones de Fanmi Lavalas

 

            Nosotros, los firmantes,, partidos políticos, organizaciones de la sociedad civil e iglesias, reafirmamos nuestra profunda convicción de que es preciso resolver la crisis política y deben fortalecerse las instituciones democráticas. Nos comprometemos solemnemente a empeñarnos en la consecución de esos objetivos y a no escatimar esfuerzo alguno para alcanzarlos, de buena fe, de acuerdo con los esfuerzos del Hemisferio para fomentar y consolidar la democracia. Por lo tanto, hemos acordado los siguientes puntos, con la garantía del Gobierno:

 

·         Convergencia Democrática reconoce y acepta los resultados de las elecciones del 26 de noviembre de 2000 (presidenciales y un tercio del Senado).

 

·         Fanmi Lavalas acepta organizar nuevas elecciones  en …… de 2003 , en la fecha que decida el CEP para la legislatura y las comunidades territoriales.

 

            Un decreto presidencial o el próximo parlamento elegido (con participación de las dos partes) ratificará y legitimará todos los actos apropiados, trabajos y tareas ejecutadas por los oficiales surgidos de las elecciones del 21 de mayo de 2000 (durante el período en el cual hayan estado en sus cargos).

 

I.                    La integración de un nuevo Consejo Electoral Provisional (CEP) creíble, independiente y neutral.

 

            Acordamos participar en la designación de los nueve miembros del CEP, según la siguiente fórmula, a la que se llegó por consenso. Los miembros tendrán que ser personas que inspiren respeto y gocen de la confianza de todos los ciudadanos. Antes de la designación de los miembros, los que suscriben serán consultados acerca de las personas designadas, a fin de verificar que poseen las calificaciones necesarias.

 

            El CEP tendrá las siguientes atribuciones, responsabilidades, competencia y garantías:

 

a.                   Organizar, en . . . 2003, elecciones para sustituir a los miembros del Parlamento que fueron elegidos el 21 de mayo de 2000.

 

b.                   Organizar elecciones para las comunidades territoriales. Las elecciones indirectas se realizarán después de las elecciones de las comunidades territoriales.

 

c.                   Nombrar a los funcionarios ejecutivos del CEP, encargados de ejecutar sus decisiones.

 

d.                   Examinar las calificaciones de los funcionarios del CEP para comprobar que cumplen los requisitos de profesionalismo, idoneidad, imparcialidad y equidad. De ser necesario, el CEP podrá nombrar a nuevos funcionarios que posean esas calidades.

 

e.                   El CEP recibirá pleno apoyo financiero y técnico del Gobierno de Haití para asegurar su autonomía y su capacidad para cumplir sus obligaciones sin interferencias. Además, el Gobierno adoptará todas decisiones y las medidas  necesarias para garantizar la seguridad y proteger la autonomía de los miembros del CEP, de sus funcionarios y asesores, de los candidatos, los militantes políticos y los ciudadanos, para que puedan ejercer plenamente sus derechos políticos en todo el territorio nacional.

 

f.                    El CEP podrá solicitar y recibir asistencia logística, técnica y financiera de la comunidad internacional a través del Estado.

 

 

CALENDARIO DE PARTIDA

 

A.        Senadores y diputados

 

            Quienes ingresaron a la legislatura como resultado de las elecciones del 21 de mayo de 2000 permanecerán en sus cargos hasta que los sucesores asuman sus funciones, luego del intervalo normal posterior a la proclamación del resultado de las elecciones.

 

B.         Comunidades territoriales

 

            Después de la firma del Acuerdo, un número de funcionarios locales (determinado por consenso entre Fanmi Lavalas y la Convergencia Democrática) serán relevados de sus pcargospor conducta abusiva. Los sustitutos, recomendados entre perosnas integras por la Comisión de Garantías Electorales , serán nombrados como agentes ejecutivos  hasta que los nuevos funcionarios  elegidos asuman sus cargos. Los representantes localess (excepto los que sean desplazados por conducta abusiva) serán elegibles para permanecer en sus cargos hasta que presten juramento los nuevos funcionarios elegidos. El CEP, a su discreción, podrá rechazar a toda persona que considere inaceptable para ser candidato en las elecciones.

 

            Después de  la firma del Acuerdo, los elegidos localmente en contravención de la Constitución y la ley serán removidos de sus cargos conforme al artículo 72 de la Constitución. Las vacantes así producidas serán provistas conforme a la Constitución. Sin embargo, teniendo en cuenta la inexistencia del Consejo Departamental, esos representantess localese serán remplazados con base en un consenso.

 

            Los representantes  locales (excepto los que sean desplazados por conducta abusiva) serán elegibles para permanecer en sus cargos hasta que presten juramento los nuevos funcionarios elegidos.

 

            El CEP, a su discreción y conforme a la Ley Electoral, podrá rechazar a toda persona que considere inaceptable para ser candidato en  las elecciones.

 

            Podría formularse un plan de compensación para cubrir la pérdida de ingresos causada por la reducción de la duración de los mandatos.

 

            El resto de los funcionarios elegidos localmente permanecerían   s cargos hasta que presten juramento e inicien sus funciones los sucesores. Como se prevé en la actual propuesta de la OEA, la Comisión de Garantías Electorales supervisará el desempeño de todos los funcionarios elegidos localmente en el período previo a las elecciones.

 

            El resto de los funcionarios elegidos localmente permanecerían en sus cargos hasta que presten juramento e inicien sus funciones los sucesores. La supervisión del desempeño de todos los funcionarios elegidos localmente en el período previos a las elecciones se hará de conformidad con lo prescrito en la Constitución.

 

 

II.                 El establecimiento de un clima propicioe a la expresión de las preferencias políticas, que permita  la realización de elecciones libres

 

            Acordamos adoptar todas las medidas que fomenten la confianza y el respeto entre los partidos políticos y el Gobierno.

 

            La Policía, en particular, deberá ejercer la máxima prudencia y cuidado en el cumplimiento de sus funciones, en forma imparcial, neutral y justa. El Consejo Electoral Provisional (CEP) tendrá autoridad para  supervisar que la Policía Nacional cumpla sus funciones en forma imparcial, neutral y justa. A tales efectos, el CEP diseñará  en consulta con los partidos políticos, la sociedad civil y las iglesias, un mecanismo de apoyo para respaldar esta función de control.  lesias.

 

            A través de ese mecanismo, y por la vía de la Comisión de Garantías Electorales, el CEP recibirá denuncias y solicitudes de los partidos políticos, candidatos y ciudadanos en relación con las operaciones de la Policía Nacional vinculadas al proceso electoral. Asimismo, la misión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Misión de Observación Electoral podrán informar al CEP de toda deficiencia que puedan observar.

 

            El CEP tendrá derecho a formular recomendaciones sobre medidas correctivas al Consejo Superior de la Policía Nacional (CSPN). Análogamente, podrá comunicarse con el Gobierno de la República para presentar recomendaciones destinadas a la solución de los problemas que haya identificado. Las recomendaciones del CEP podrán incluir la propuesta de plazos específicos para su implementación. El CSPN adoptará todas las medidas necesarias para considerar las recomendaciones del CEP con la mayor diligencia, a fin de asegurar el mantenimiento de un clima propicio al éxito de la campaña, las elecciones y las actividades postelectorales.

 

            El Consejo Superior de la Policía Nacional garantizará que no haya interferencias con el reclutamiento, las labores y el comportamiento profesional de la Policía.

 

            El Gobierno de Haití invitará a una misión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos para supervisar la observancia de los derechos humanos.

 

            El Gobierno de Haití también solicitaráa la OEA y a la CARICOM que envíen una Misión de Observación Electoral (MOE) para que esté presente en el proceso de las elecciones. La MOE brindará al CEP asistencia técnica y comprobará que existan todas las condiciones necesarias para garantizar unas elecciones libres, transparentes y justas, que permitan que los ciudadanos expresen libremente sus preferencias políticas, en una atmósfera libre de intimidaciones.

 

            El Gobierno de Haití solicitará asistencia técnica para la Policía Nacional, a fin de ayudar en la preparación y ejecución de los planes de seguridad.

 

El CEP establecerá una Comisión de Garantías Electorales (CGE) para:

 

¨       Fotalecer r la participación y confianza de los ciudadanos, instituciones, candidatos y partidos políticos en el proceso electoral.

 

¨       Asistir al CEP a recabar, analizar y procesar las denuncias de candidatos o ciudadanos con respecto al proceso electoral.

 

¨       La CGE incluirá, entre otros, a representantes de las organizaciones  de observación electoral y , de un órgano de coordinación  nacional  integrado sobre la base de la experiencia en la coordinación de la observación electoral en Haití y de las organizaciones de la sociedad civil. La Misión de la OEA para el Fortalecimiento de la Democracia en Haití participará como testigo.

 

¨       La CGE será dirigida conjuntamente por personalidadesdesignadas por la Conferencia Episcopal y la Federación Protestante de Haití, bajo la supervisión del Presidente del CEP.

 

            La Comisión de Garantías Electorales creará comisiones descentralizadas

ASG00200S04.doc

 
a nivel departamental y comunal. Las comisiones creadas a nivel comunal podrán asistir a las deliberaciones de los consejos municipales y de los CASEC. Tendrán acceso a los documentos emitidos por  estos óorganos y podrán efectuar investigaciones con respecto a  los expedientes y testimonios relacionados con la actividad de las comunas y los CASEC. Las comisiones creadas a nivel departamental podrán efectuar investigaciones respecto de los recursos y personal del Estado en cada circunscripción.

 

            En casos en que se compruebe fraude o graves irregularidades con respecto a la Constitución, la ley electoral o el presente Acuerdo, las comisiones departamentales y comunales transmitirán el resultado de sus investigaciones a la comisión nacional. La CGE podrá entonces solicitar al gobierno y al Poder Judicial que adopte las medidas adecuadas, particularmente lo dispuesto en los artículos 72 y 73 de la Constitución. Asimismo, la CGE transmitirá el expediente a la Misión de Observación Electoral (MOE) y a la Misión de la OEA con sede en Port-au-Prince.

 

 

¨       La CGE ejercerá sus funciones en todo el territorio de la República, conforme a la Ley Electoral y siguiendo las directivas del Consejo Electoral Provisional.

 

¨       Todo caso de fraude o irregularidades graves respecto de los cuales las partes interesadas informen a la CGE serán dirigidos sin demora al CEP para que adopte medidas conforme a la ley.

 

 

III.               Fomento de un diálogo nacional encaminado a alcanzar un acuerdo político que fortalezca la democracia y la observancia de los derechos humanos y la promoción del progreso económico y social.

 

            Estamos de acuerdo con emprender, dentro de los 30 días a partir de la firma del presente acuerdo y con el respaldo del Gobierno de Haití y de la Misión Especial de la OEA-CARICOM para el Fortalecimiento de la Democracia en Haití, un diálogo entre los partidos políticos y las organizaciones de la sociedad civil, encaminado a diseñar y concretar un acuerdo político en torno a las cuestiones siguientes:

 

a.                   La seguridad de los ciudadanos, un sistema judicial y un sistema policial, incluido el establecimiento de instancias civiles que supervisen a la policía.

 

b.                   El fortalecimiento de la democracia y de las oportunidades de participación, incluida la institucionalización de los partidos políticos.

 

c.                   Los derechos humanos.

 

d.                   El desarrollo económico y social.

 

e.                   La gobernabilidad y la transparencia.

 

 

IV.              Fórmulas para la designación de los miembros del CEP

 

            Acordamos que el Presidente de la República designe a los miembros del CEP que propongan las instituciones siguientes:

 

·                     1 representante de Fanmi Lavalas

·                     1 representante de Convergencia Democrática

·                     1 representante de los demás partidos políticos

·                     1 representante de la Conferencia Episcopal

·                     1 representante de las iglesias reformadas coordinadas por la Federación Protestante de Haití

·                     1 representante de la Iglesia Episcopal

·                     1 representante del Poder Judicial

·                     1 representante de las organizaciones de empleadores coordinadas por la Cámara de Comercio e Industria de Haití (CCIH)

·                     1 representante de las organizaciones de derechos humanos coordinadas por Justicia y Paz.

 

      En caso de que una organización o sector no proponga un candidato dentro del plazo estipulado, la Conferencia Episcopal, la Federación Protestante de Haití, la Iglesia Episcopal, el Poder Judicial y el coordinador de las organizaciones de derechos humanos llenarán conjuntamente el cargo vacante.

 

            Si un miembro del CEP renuncia o es descalificado o inhabilitado para ejercer sus funciones, será sustituido por el mismo órgano que haya efectuado su designación.

 

            Según lo previsto en el Capítulo I, los miembros deberán inspirar respeto y contar con la confianza de todos los ciudadanos. Antes de su designación, deberán celebrarse consultas entre los suscritos en relación con los candidatos propuestos a fin de comprobar que cuentan con las calificaciones necesarias.

 

V.                 Disposiciones relativas a  la cooperación internacional

 

            Acordamos también pedir al Secretario General de la OEA que se empeñe, junto con los Estados miembros y la CARICOM, para restablecer relaciones normales entre Haití y la comunidad internacional, incluidas las organizaciones financieras internacionales, en la medida en que se avance en la implementación del presente acuerdo político, a fin de alcanzar una solución duradera a la crisis desatada por las elecciones del 21 de mayo de 2000, y ayudar a promover el desarrollo económico y social de Haití.

 

Firmado en Port-au-Prince, el

 

 

Fanmi Lavalas                                                               Convergencia Democrática

 


TESTIGOS:

 

Conferencia Episcopal                                                                                                                           ...........................................................

 

Federación de Iglesias Protestantes de Haití                                                                                            ...........................................................

 

Iniciativa de la Sociedad Civil                                                                                                                 ...........................................................

 

Fundación Nouvelle Haiti                                                                                                                       ...........................................................

 

Cámara de Comercio e Industria                                                                                                            ...........................................................

 

Centro para la Libre Empresa y la Democracia                                                                                       ...........................................................

 

Organización de los Estados Americanos                                                                                                ...........................................................

 

Comunidad del Caribe                                                                                                                            ...........................................................

 

Unión Europea                                                                                                                                      ...........................................................

 

Decano del Cuerpo Diplomático                                                                                                             ...........................................................

 

Estados Unidos de América                                                                                                                   ...........................................................

 

Canadá                                                                                                                                                 ...........................................................

 

Francia                                                                                                                                                 ...........................................................

 

República Dominicana                                                                                                                           ...........................................................

 

Chile                                                                                                                                                     ...........................................................

 

 

Visto y aprobado por el Gobierno de Haití

 

 

 


ANEXO III: TABLA COMPARATIVA DEL ACUERDO INICIAL REV. 9 Y DE LAS RESPUESTAS DEL GOBIERNO DE HAITI Y DE LA CONVERGENCIA DEMOCRÁTICA, CON COMENTARIOS HECHOS POR LA SECRETARÍA GENERAL

 

 

NOTA EXPLICATIVA

 

 

            El presente documento representa una comparación entre los proyectos de Acuerdo Inicial presentados por:

 

 

            En la primera columna se incluye el texto de la propuesta de Acuerdo Inicial presentada por la OEA el 12 de junio de 2002 a Fanmi Lavalas y a Convergencia Democrática. Este texto fue glosado como Anexo I del Sexto Informe de la Misión de la Organización de los Estados Americanos a Haiti (CP/doc.3625/02 corr.3). 

            En la segunda columna se incluye la contrapropuesta presentada a la OEA por  Fanmi Lavalas el 15 de junio de 2002. Este texto fue glosado como Anexo IIB del Sexto Informe de la Misión de la Organización de los Estados Americanos a Haiti (CP/doc.3625/02 corr.3).

            En la tercera columna se incluye la propuesta presentada por Convergencia Democrática, el 29 de julio de 2002, mediante nota dirigida al Presidente del Consejo Permanente.

            Cabe hacer notar que la propuesta de Convergencia Democrática del 29 de julio de 2002 adopta un ordenamiento temático diferente respecto del utilizado en el proyecto de Acuerdo Inicial Revisado 9 que sigue, también, la propuesta de Fanmi Lavalas.

            A efectos de poder comparar los tres textos, este documento mantiene el ordenamiento temático del Revisado 9, indicando en la columna de "comentarios” la ubicación que el párrafo correspondiente tiene en la propuesta de Convergencia Democrática.

            Asimismo, se deja constancia que las modificaciones presentadas por las partes a la propuesta de Acuerdo Inicial presentado por la OEA, se indican con letra itálica y subrayada.  Finalmente, en el caso de párrafos nuevos  o alternativos, presentados por las partes, los mismos se indican en letra negrita.


 

               



Rev. 9

Propuesta OEA

(12/06/02)

(texto original francés)

Propuesta Fanmi Lavalas

(15/06/02)

(texto original francés)

Propuesta

Convergencia Democrática (29/07/02)

(texto original francés

Comentarios

 

Nosotros, los firmantes, partidos políticos, organizaciones de la sociedad civil e iglesias, reafirmamos nuestra profunda convicción de que es preciso resolver la crisis política y deben fortalecerse las instituciones democráticas. Nos comprometemos solemnemente a empeñarnos en la consecución de esos objetivos y a no escatimar esfuerzo alguno para alcanzarlos, de buena fe, de acuerdo con los esfuerzos del Hemisferio para fomentar y consolidar la democracia. Por lo tanto, hemos acordado los siguientes puntos, con la garantía del Gobierno:

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

·         Convergencia Democrática reconoce y acepta los resultados de las elecciones del 26 de noviembre de 2000 (presidenciales y un tercio del Senado).

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

·         Fanmi Lavalas acepta organizar nuevas elecciones en xxx de 2003, en la fecha que decida el CEP para la legislatura y las comunidades territoriales.

 

 

Un decreto presidencial o el próximo parlamento elegido (con participación de las dos partes) ratificará y legitimará todos los actos apropiados, trabajos y tareas ejecutadas por los oficiales surgidos de las elecciones del 21 de mayo de 2000 (durante el período en el cual hayan estado en sus cargos).

 

 

I.        La integración de un nuevo Consejo Electoral Provisional (CEP) creíble, independiente y neutral.

 

 

Acordamos participar en la designación de los nueve miembros del CEP, según la siguiente fórmula, a la que se llegó por consenso. Los miembros tendrán que ser personas que inspiren respeto y gocen de la confianza de todos los ciudadanos. Antes de la designación de los miembros, los que suscriben serán consultados acerca de las personas designadas, a fin de verificar que poseen las calificaciones necesarias.

 

 

El CEP tendrá las siguientes atribuciones, responsabilidades, competencia y garantías:

 

 

a.       Organizar, en xxx 2003, elecciones para sustituir a los miembros del Parlamento que fueron elegidos el 21 de mayo de 2000.

 

 

 

 

 

b.       Organizar elecciones para las comunidades territoriales. Las elecciones indirectas se realizarán después de las elecciones de las comunidades territoriales.

 

 

c.       Nombrar a los funcionarios ejecutivos del CEP encargados de ejecutar sus decisiones.

 

 

 

d.       Examinar las calificaciones de los funcionarios del CEP para comprobar que cumplen los requisitos de profesionalismo, idoneidad, imparcialidad y equidad. De ser necesario, el CEP podrá nombrar a nuevos funcionarios que posean esas calidades.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

e.       El CEP recibirá pleno apoyo financiero y técnico del Gobierno de Haití para asegurar su autonomía y su capacidad para descargar sus obligaciones sin interferencias. Además, el Gobierno adoptará todas las decisiones y medidas necesarias para garantizar la seguridad y proteger la autonomía de los miembros del CEP, de sus funcionarios y asesores, de los candidatos, los militantes políticos y los ciudadanos, para que puedan ejercer plenamente sus derechos políticos en todo el territorio nacional.

 

 

 

f.        El CEP podrá solicitar y recibir asistencia logística, técnica y financiera de la comunidad internacional a través del Estado.

 

 

 

CALENDARIO DE PARTIDA

 

A.  Senadores y diputados

        

Quienes ingresaron a la legislatura como resultado de las elecciones del 21 de mayo de 2000 permanecerán en sus cargos hasta que los sucesores asuman sus funciones, luego del intervalo normal posterior a la proclamación del resultado de las elecciones.

 

 

B.         Comunidades territoriales

 

      Después de la firma del Acuerdo, un número de funcionarios locales (determinado por consenso entre Fanmi Lavalas y la Convergencia Democrática) serán relevados de sus cargos por conducta abusiva. Los sustitutos, recomendados por la Comisión de Garantías Electorales, serán nombrados como agentes ejecutivos hasta que los nuevos funcionarios elegidos asuman sus cargos.

 

 

 

 

 

 

 

 Los representantes locales (excepto los que sean desplazados por conducta abusiva) serán elegibles para permanecer en sus cargos hasta que presten juramento los nuevos funcionarios elegidos.

 

 

 

El CEP, a su discreción, podrá rechazar a toda persona que considere inaceptable para ser candidato en las elecciones.

 

 

Podría formularse un plan de compensación para cubrir la pérdida de ingresos causada por la reducción de la duración de los mandatos.

 

El resto de los funcionarios elegidos localmente permanecerán en sus cargos hasta que presten juramento e inicien sus funciones los sucesores. Como se prevé en la actual propuesta de la OEA, la Comisión de Garantías Electorales supervisará el desempeño de todos los funcionarios elegidos localmente en el período previo a las elecciones.

 

 

II.     El establecimiento de un clima propicio a la expresión de las preferencias políticas, que permita la realización de elecciones libres

 

 

      Acordamos adoptar todas las medidas que fomenten la confianza y el respeto entre los partidos políticos y el Gobierno.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

La Policía, en particular, deberá ejercer la máxima prudencia y cuidado en el cumplimiento de sus funciones, en forma imparcial, neutral y justa. El Consejo Electoral Provisional (CEP) tendrá autoridad para supervisar que la Policía Nacional cumpla sus funciones en forma imparcial, neutral y justa. A tales efectos, el l CEP diseñará, en  consulta con los partidos políticos, la sociedad civil y las iglesias. un mecanismo de apoyo para respaldar esta función de supervisión

 

 

 

 

A través de ese mecanismo, y por la vía de la Comisión de Garantías Electorales, el CEP recibirá denuncias y solicitudes de los partidos políticos, candidatos y ciudadanos en relación con las operaciones de la Policía Nacional vinculadas al proceso electoral. Asimismo, la misión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Misión de Observación Electoral podrán informar al CEP de toda deficiencia que puedan observar.

 

 

      El CEP tendrá derecho a formular recomendaciones sobre medidas correctivas al Consejo Superior de la Policía Nacional (CSPN). Análogamente, podrá comunicarse con el Gobierno de la República para presentar recomendaciones destinadas a la solución de los problemas que haya identificado. Las recomendaciones del CEP podrán incluir la propuesta de plazos específicos para su implementación. El CSPN adoptará todas las medidas necesarias para considerar las recomendacio­nes del CEP con la mayor diligencia, a fin de asegurar el mantenimiento de un clima propicio al éxito de la campaña, las elecciones y las actividades postelectorales.

 

      El Consejo Superior de la Policía Nacional garantizará que no haya interferencias con el reclutamiento, la labor y el comportamiento profesional de la Policía.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

El Gobierno de Haití invitará a una misión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos para supervisar la observancia de los derechos humanos.

 

 

 

 

El Gobierno de Haití también solicitará a la OEA y a la CARICOM que envíen una Misión de Observación Electoral (MOE) para que esté presente durante todo el proceso de las elecciones. La MOE brindará al CEP asistencia técnica y comprobará que existan todas las condiciones necesarias para garantizar unas elecciones libres, transparentes y justas, que permitan la libre expresión de las preferencias políticas, en una atmósfera libre de intimidaciones.

 

 

 

 

      El Gobierno de Haití solicitará asistencia técnica para la Policía Nacional, a fin de ayudar en la preparación y ejecución de los planes de seguridad.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

El CEP establecerá una Comisión de Garantías Electorales (CGE) para:

 

 

 

 

 

·         Fortalecer la participación y confianza de los ciudadanos, instituciones, candidatos y partidos políticos en el proceso electoral.

 

 

·         Asistir al CEP a recabar, analizar y procesar las denuncias presentadas por candidatos o ciudadanos con respecto al proceso electoral.

 

 

·         La CGE incluirá, entre otros, a representantes de las misiones de observación electoral, de un órgano nacional de coordinación integrado sobre la base de la experiencia en la coordinación de la observación electoral en Haití y de las organizaciones de la sociedad civil. La Misión de la OEA para el Fortalecimiento de la Democracia en Haití participará como testigo.

 

 

·         La CGE será dirigida conjuntamente por personalidades designadas por la Conferencia Episcopal y la Federación Protestante de Haití, bajo la supervisión del Presidente del CEP.

 

 

 

 

·         La Comisión de Garantías Electorales creará comisiones descentralizadas

ASG00200S04.doc

 
a nivel departamental y comunal. Las comisiones creadas a nivel comunal podrán asistir a las deliberaciones de los consejos municipales y de los CASEC. Tendrán acceso a los documentos emitidos por estos organos y podran efectuar investigaciones con respecto a expedientes y testimonios relacionados con la actividad de las comunas y los CASEC. Las comisiones creadas a nivel departamental podrán efectuar investigaciones respecto de los recursos y personal del Estado en cada circunscripción.

 

 

 

En casos en que se compruebe fraude o graves irregularidades con respecto a la Constitución, la ley electoral o el presente Acuerdo, las comisiones departamentales y comunales transmitirán el resultado de sus investigaciones a la comisión nacional. La CGE podrá entonces solicitar al gobierno y al Poder Judicial que adopte las medidas adecuadas, particularmente las dispuestas en los artículos 72 y 73 de la Constitución. Asimismo, la CGE transmitirá el expediente a la Misión de Observación Electoral (MOE) y a la Misión de la OEA con sede en Port-au-Prince.

 

 

III.                           Fomento de un diálogo nacional encaminado a alcanzar un acuerdo político que fortalezca la democracia y la observancia de los derechos humanos y la promoción del progreso económico y social.

 

 

Estamos de acuerdo con emprender, dentro de los 30 días a partir de la firma del presente acuerdo y con el respaldo del Gobierno de Haití y de la Misión Especial de la OEA para el Fortalecimiento de la Democracia en Haití, un diálogo entre los partidos políticos y las organizaciones de la sociedad civil, encaminado a diseñar y concretar un acuerdo político en torno a las cuestiones siguientes:

 

 

 

a.       La seguridad de los ciudadanos, un sistema judicial y un sistema policial, incluido el establecimiento de instancias civiles que supervisen a la policía.

 

 

b.       La consolidación de la democracia y de las oportunidades de participación, incluida la institucionalización de los partidos políticos.

 

 

 

 

c.       Los derechos humanos.

 

 

 

 

d.       El desarrollo económico y social.

 

 

 

 

e.       La gobernabilidad y la transparencia.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

IV.                          Fórmula para la designación de los miembros del CEP

 

 

 

      Acordamos que el Presidente de la República designe a los miembros del CEP que propongan las instituciones siguientes:

 

 

·         1 representante de Fanmi Lavalas

·         1 representante de Convergencia Democrática

·         1 representante de los demás partidos políticos

·         1 representante de la Conferencia Episcopal

·         1 representante de las Iglesias  reformistas coordinadas por la Federación Protestante de Haití

·         1 representante de la Iglesia Episcopal

·         1 representante del Poder Judicial

·         1 representante de las organizaciones de empleadores coordinadas por la Cámara de Comercio e Industria de Haití (CCIH)

·         1 representante de las organizaciones de derechos humanos coordinadas por Justicia y Paz.

 

 

 

 

 

En caso de que una organización o sector no proponga un candidato dentro del plazo estipulado, la Conferencia Episcopal, la Federación Protestante de Haití, la Iglesia Episcopal, el Poder Judicial y el coordinador de las organizaciones de derechos humanos llenarán conjuntamente el cargo vacante.

 

 

 

 

      Si un miembro del CEP renuncia o es descalificado o inhabilitado para ejercer sus funciones, será sustituido por el mismo órgano que haya efectuado su designación.

 

 

      Según lo previsto en el Capítulo I, los miembros deberán inspirar respeto y contar con la confianza de todos los ciudadanos. Antes de su designación, deberán celebrarse consultas entre los suscritos en relación con los candidatos propuestos a fin de comprobar que cuentan con las calificaciones necesarias.

 

 

V.     Disposiciones relativas a la cooperación internacional

 

 

 

Acordamos también solicitar al Secretario General de la OEA que se empeñe, junto con los Estados miembros y la CARICOM, para restablecer relaciones normales entre Haití y la comunidad internacional, incluidas las organizaciones financieras internacionales, en la medida en que se avance en la implementación del presente acuerdo político, a fin de alcanzar una solución duradera a la crisis desatada por las elecciones del 21 de mayo de 2000, y ayudar a promover el desarrollo económico y social de Haití.