 |
 |
 |
 |
 |
 |
 |
 |
 |
 |
 |
 |
|
|
|
 |
|
|
|
 |
|
derecho internacional privado, derecho internacional
público, acuerdos bilaterales, tratados multilaterales,
cursos, seminarios, noticias, publicaciones, derecho
internacional |
|
 |
|
derecho internacional privado, derecho internacional
público, acuerdos bilaterales, tratados multilaterales,
cursos, seminarios, noticias, publicaciones, derecho
internacional |

Organización
de los Estados Americanos
© 2008. Derechos Reservados |
|
tratados internacionales, curso de derecho
internacional, libros de derecho internacional, recursos
de derecho internacional, artículos de derecho
internacional |
|
|
Texto más grande
(+) | Texto más chico (-) | Imprimir |
| |
En los [Principios
Rectores de los Desplazamientos Internos] elaborados por
el [Representante
del Secretario General de las Naciones Unidas sobre
las Personas Internamente Desplazadas],
se define a los desplazados internos como “las personas o
grupos de personas que se han visto forzadas u obligadas a
escapar o huir de su hogar o de su lugar de residencia
habitual, en particular como resultado o para evitar los
efectos de un conflicto armado, de situaciones de violencia
generalizada, de violaciones de los derechos humanos o de
catástrofes naturales o provocadas por el ser humano, y que
no han cruzado una frontera estatal internacionalmente
reconocida”.
A diferencia de los refugiados,
anteriormente no existía un instrumento internacional que
regulara de manera específica la situación de este grupo
humano potencialmente vulnerable. Los
[Principios
Rectores] constituyen un esfuerzo por parte de la
comunidad internacional tendiente a establecer un marco
regulatorio que sirva de guía y orientación al abordar la
problemática. En años recientes, el
[ACNUR]
y otras organizaciones internacionales han ido adquiriendo
un protagonismo creciente en la atención y asistencia a los
desplazados internos.
En este contexto, y al igual que en el
caso de los refugiados, la Asamblea General de la OEA ha
venido enfatizando desde hace años la importancia de brindar
protección a los afectados por los desplazamientos internos,
aconsejando tomar en consideración los citados
[Principios
Rectores]. En su último período ordinario de sesiones,
el órgano supremo de la Organización adoptó la
[AG/RES. 2417 (XXXVIII-O/08)], “Desplazados Internos”. Entre otros
puntos, la resolución insta a los Estados miembros a que
atiendan las causas de los desplazamientos internos con la
finalidad de prevenir los mismos, que se comprometan a
brindar protección y asistencia a los afectados durante el
desplazamiento, así como a buscar soluciones duraderas en
torno al problema. La resolución hace además un llamado a
las agencias de las Naciones Unidas y del sistema
interamericano pertinentes, a otras organizaciones
humanitarias y a la comunidad internacional, para que
brinden el apoyo y/o asistencia que los Estados soliciten,
con el fin de atender las distintas causas que dan origen al
desplazamiento interno, así como a las personas afectadas
por el mismo en todas sus etapas.
En la [sesión especial] sobre “Temas de
actualidad de derecho internacional de los refugiados”,
llevada a cabo en enero de 2008, se incluyó el tratamiento, en uno de los paneles,
de un tema dedicado específicamente a la problemática de los
desplazados internos.
|
|
|
|