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Acceso a la Información - Derecho Democrático y Gobernabilidad

El documento Recomendaciones sobre Acceso a la Información (CP/CAJP-2599/08) en su sección IV trata el tema del acceso a la información como un derecho democrático necesario para la gobernabilidad del estado.

Esta visión del acceso a la información como un derecho político dentro del sistema democrático proviene de la Carta Democrática Interamericana (aprobada el 11 de septiembre de 2001, en Lima, Perú), la cual tiene presente la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre y la Convención Americana sobre Derechos Humanos. En primer lugar, el artículo 4 de la Carta resalta la importancia de la transparencia de las actividades gubernamentales, la probidad, la responsabilidad de los gobiernos en la gestión pública, el respeto por los derechos sociales y la libertad de expresión y de prensa para el ejercicio de la democracia.

La Carta Democrática señala además en su artículo 6 que la participación ciudadana y la transparencia en las actividades gubernamentales son principios fundamentales de la democracia, concibiendo a la democracia como “indispensable para el ejercicio efectivo de las libertades fundamentales y los derechos humanos en su carácter universal, indivisible e interdependiente.”

El derecho de acceso es un aspecto inherente a ambas disposiciones ya que en un sistema en donde las personas no cuentan con acceso a la información, estas no poseen la información necesaria para fundamentar debidamente sus decisiones políticas. En contraste, dentro de un sistema centrado en este derecho, las personas cuentan con la información necesaria para participar y ejercer efectivamente sus derechos políticos garantizados por toda democracia representativa.

En consecuencia, las decisiones informadas mediante el debido acceso a la información son requisito indispensable para el efectivo ejercicio de los derechos políticos de las personas y son también, por ende, un requisito para el funcionamiento de la democracia y para el mejoramiento de las condiciones de gobernabilidad de un país. En tal sentido, el derecho de acceso a la información se constituye en un derecho primario, autónomo, de naturaleza instrumental, puesto que constituye una herramienta de construcción política, derivado del derecho de las personas de elegir a sus gobernantes, y el consecuente derecho a conocer cómo ejercen su mandato.

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