 |
 |
 |
 |
 |
 |
 |
 |
 |
 |
 |
 |
|
|
|
 |
|
|
|
 |
|
|
|
 |
|
|

Organización
de los Estados Americanos
© 2008. Derechos Reservados |
|
derecho internacional privado, derecho internacional público, acuerdos bilaterales, tratados multilaterales, cursos, seminarios, noticias, publicaciones, derecho internacional, tratados internacionales, curso de derecho internacional, libros de derecho internacional, recursos de derecho internacional, artículos de derecho internacional, personas con discapacidad, acceso a la información, racismo, Discriminación, Intolerancia, refugiados, desplazados, Facilitadores Judiciales, academias diplomáticas, Corte Penal Internacional, Humanitario, Ombudsmen, Pueblos Indígenas, Terrorismo |
|
|
Texto más grande
(+) | Texto más chico (-) | Imprimir |
| |
Grupos de Trabajo
[Foro
de Discusión]
(Fase Actual)
Una vez seleccionados los
tópicos de protección al
consumidor y registros
electrónicos como los temas
para la CIDIP-VII, los Estados miembros designaron a sus
Expertos Gubernamentales a fin
de que los mismos se integren
a los Grupos de Trabajo y que
brinden asistencia en los
temas para los cuales fueron
seleccionados. Dichos expertos
prestarán auxilio en la
redacción de los instrumentos
internacionales a ser
aprobados por la CIDIP-VII.
Los Estados miembros propusieron los expertos vía
designación oficial. Los mismos gozarán de autoridad para
participar y negociar los textos de acuerdo con las
instrucciones políticas y
sustantivas
que reciban de sus respectivos gobiernos.
A cada estado miembro se le solicitó la designación de por
lo menos un Experto Gubernamental por materia, los quales
deberán contar con experiencia y conocimiento sobre el tema
que se les encomienda, así como con autorización
gubernamental para negociar e implementar una convención u
otro instrumento sobre el mismo. A los Estados miembros se
les recomendó además que designen a expertos en derecho
internacional privado, así como a funcionarios de las
dependencias gubernamentales con autoridad específica sobre
los temas de la agenda, es decir, a funcionarios de la
agencia gubernamental para la protección del consumidor para
participar como expertos en el tema uno y a funcionarios del
registro comercial como expertos en el tema dos.
Además de expertos gubernamentales, la Asamblea General
solicitó al Comité Jurídico Interamericano que colabore con
los trabajos preparatorios y solicitó a la Secretaría
General que explore formas de colaboración con
organizaciones internacionales, involucradas en el proceso
de redacción y promoción de instrumentos internacionales
compatibles con los elaborados en el proceso de la CIDIP,
incluyendo la Conferencia de la Haya sobre Derecho
Internacional Privado, la Comisión de las Naciones Unidas
sobre el Derecho Mercantil Internacional (UNCITRAL), el
Instituto Internacional para la Unificación del Derecho
Privado (UNIDROIT), el Banco Interamericano de Desarrollo,
entre otras. La Secretaría General trabajará con dichas
instituciones para asegurar su participación en el proceso y
nombrará a expertos no gubernamentales para los grupos de
trabajo, incluyendo a instituciones de la sociedad civil y
asociaciones profesionales vinculadas a los temas de la
agenda. Los Estados miembros también deben alentar la
participación dentro de los trabajos preparatorios para
CIDIP-VII a académicos locales y otros expertos no
gubernamentales, así como miembros de la sociedad civil y
asociaciones profesionales.
Los expertos designados conducirán los trabajos
preparatorios de la CIDIP-VII (en consultas entre si, con
expertos independientes, organizaciones internacionales y
con representantes de los Estados miembros) por medio del
foro de discusión en Internet, y en caso de resultar
necesario, se convocará a reuniones preparatorias. Los
eventuales miembros de dichos grupos pueden provenir tanto
del sector gubernamental como del no-gubernamental.
Metodología de Trabajo:
CP/CAJP-2309/05
|
|
|
|