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AG/RES. 2065 (XXXV-O/05)

SÉPTIMA CONFERENCIA ESPECIALIZADA INTERAMERICANA SOBRE
DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
(Aprobado en la cuarta sesión plenaria, celebrada el 7 de junio de 2005)

LA ASAMBLEA GENERAL,

VISTO el informe del Consejo Permanente en lo que refiere a la Séptima Conferencia Especializada Interamericana sobre Derecho Internacional Privado (CIDIP-VII) (AG/doc. ____/05);

CONSIDERANDO:

Que mediante su resolución AG/RES. 1923 (XXXIII-O/03) la Asamblea General convocó la Séptima Conferencia Especializada Interamericana sobre Derecho Internacional Privado (CIDIP-VII), la cual se celebrará en la fecha y lugar que determine el Consejo Permanente, y encomendó a este órgano que aprobara el temario de la misma;

Que mediante su resolución AG/RES. 2033 (XXXIV-O04) la Asamblea General instó al Consejo Permanente a que continuara el estudio de los temas relacionados con la CIDIP-VII e instó a los Estados miembros, que no lo hubieren hecho, a que presentaran sus propuestas y observaciones con respecto al temario de dicha Conferencia;

Que varios Estados presentaron sus propuestas de temas y sus correspondientes documentos de apoyo, para ser incluidos en la Agenda y que estos fueron discutidos por los Estados miembros en el seno de la Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos del Consejo Permanente; y

Que asimismo la República Oriental del Uruguay presentó el documento “Bases de una Convención Interamericana sobre Jurisdicción Internacional” (CP/CAJP-2094/03 add.6-b), para estudio futuro y consultas,

RESUELVE:

1. Tomar nota del informe del Consejo Permanente relativo a la Séptima Conferencia Especializada Interamericana sobre Derecho Internacional Privado estableciendo la siguiente Agenda:

i. Protección al Consumidor: Ley Aplicable, Jurisdicción, y Restitución Monetaria (Convenciones y Leyes Modelo);

ii. Garantías Mobiliarias: Registros Electrónicos para Implementación de la Ley Modelo Interamericana sobre Garantías Mobiliarias.

2. Encomendar al Consejo Permanente que establezca la metodología para la preparación de los instrumentos interamericanos a ser considerados por la Séptima Conferencia Especializada sobre Derecho Internacional Privado.

3. Encomendar al Consejo Permanente que fije la fecha y sede para la celebración de la Séptima Conferencia Especializada Interamericana sobre Derecho Internacional Privado.

4. Solicitar al Comité Jurídico Interamericano que presente sus comentarios y observaciones con relación a los temas de la agenda final para la CIDIP VII.

5. Encomendar al Consejo Permanente que, a través de la Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos, al estudiar futuros temas para próximas Conferencias Especializadas Interamericanas sobre Derecho Internacional Privado, considere entre otros, el tema de una Convención Interamericana sobre Jurisdicción Internacional.

6. Encomendar al Consejo Permanente que de seguimiento a la presente resolución, la cual será ejecutada de acuerdo con los recursos asignados en el programa-presupuesto de la Organización y otros recursos, y que presente un informe sobre su cumplimiento a la Asamblea General en su trigésimo sexto período ordinario de sesiones.

AG02676S01

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