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AG/RES. 2065
(XXXV-O/05)
SÉPTIMA CONFERENCIA ESPECIALIZADA
INTERAMERICANA SOBRE
DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
(Aprobado en la cuarta sesión plenaria, celebrada el 7 de
junio de 2005)
LA ASAMBLEA GENERAL,
VISTO el
informe del Consejo Permanente en lo que refiere a la
Séptima Conferencia Especializada Interamericana sobre
Derecho Internacional Privado (CIDIP-VII) (AG/doc.
____/05);
CONSIDERANDO:
Que mediante
su resolución AG/RES. 1923 (XXXIII-O/03) la Asamblea
General convocó la Séptima Conferencia Especializada
Interamericana sobre Derecho Internacional Privado (CIDIP-VII),
la cual se celebrará en la fecha y lugar que determine el
Consejo Permanente, y encomendó a este órgano que aprobara
el temario de la misma;
Que mediante
su resolución AG/RES. 2033 (XXXIV-O04) la Asamblea General
instó al Consejo Permanente a que continuara el estudio de
los temas relacionados con la CIDIP-VII e instó a los
Estados miembros, que no lo hubieren hecho, a que
presentaran sus propuestas y observaciones con respecto al
temario de dicha Conferencia;
Que varios
Estados presentaron sus propuestas de temas y sus
correspondientes documentos de apoyo, para ser incluidos
en la Agenda y que estos fueron discutidos por los Estados miembros en el seno de la Comisión de Asuntos Jurídicos y
Políticos del Consejo Permanente; y
Que asimismo
la República Oriental del Uruguay presentó el documento
“Bases de una Convención Interamericana sobre Jurisdicción
Internacional” (CP/CAJP-2094/03 add.6-b), para estudio
futuro y consultas,
RESUELVE:
1. Tomar nota del informe
del Consejo Permanente relativo a la Séptima Conferencia
Especializada Interamericana sobre Derecho Internacional
Privado estableciendo la siguiente Agenda:
i. Protección al Consumidor:
Ley Aplicable, Jurisdicción, y Restitución Monetaria
(Convenciones y Leyes Modelo);
ii. Garantías Mobiliarias:
Registros Electrónicos para Implementación de la Ley
Modelo Interamericana sobre Garantías Mobiliarias.
2.
Encomendar al Consejo Permanente que establezca la
metodología para la preparación de los instrumentos
interamericanos a ser considerados por la Séptima
Conferencia Especializada sobre Derecho Internacional
Privado.
3.
Encomendar al Consejo Permanente que fije la fecha y sede
para la celebración de la Séptima Conferencia
Especializada Interamericana sobre Derecho Internacional
Privado.
4. Solicitar
al Comité Jurídico Interamericano que presente sus
comentarios y observaciones con relación a los temas de la
agenda final para la CIDIP VII.
5. Encomendar al Consejo
Permanente que, a través de la Comisión de Asuntos
Jurídicos y Políticos, al estudiar futuros temas para
próximas Conferencias Especializadas Interamericanas sobre
Derecho Internacional Privado, considere entre otros, el
tema de una Convención Interamericana sobre Jurisdicción
Internacional.
6.
Encomendar al Consejo Permanente que de seguimiento a la
presente resolución, la cual será ejecutada de acuerdo con
los recursos asignados en el programa-presupuesto de la
Organización y otros recursos, y que presente un informe
sobre su cumplimiento a la Asamblea General en su
trigésimo sexto período ordinario de sesiones.
AG02676S01 |