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  Reporte del Relator de la Comisión III (Responsabilidad Extracontractual)
 

INFORME DEL RELATOR DE LA COMISIóN III

CONFLICTOS DE LEYES EN MATERIA DE RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL, CON ÉNFASIS EN EL TEMA DE LA JURISDICCIÓN COMPETENTE Y LAS LEYES APLICABLES RESPECTO DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL INTERNACIONAL POR CONTAMINACIÓN TRANSFRONTERIZA
(Aprobado en la tercera sesión plenaria celebrada el 8 de febrero de 2002)

RAFAEL VEINTIMILLA, DELEGADO DE ECUADOR  

I

En la primera sesión plenaria de la Sexta Conferencia Especializada Interamericana sobre Derecho Internacional Privado (CIDIP-VI), celebrada el 4 de febrero de 2002, se asignó a la Comisión III el punto 3 del temario: Conflictos de leyes en materia de responsabilidad extracontractual, con énfasis en el tema de la jurisdicción competente y las leyes aplicables respecto de la responsabilidad civil internacional por contaminación transfronteriza.

La primera sesión de esta Comisión se celebró el martes 5 de febrero de 2002.  En esta ocasión, se establecieron igualmente las autoridades de la Comisión.  Para tal efecto se eligió Presidente al Embajador Juan Manuel Castulovich (Panamá); Vicepresidenta, la doctora Berta Feder (Uruguay); y Relator, el doctor Rafael Veintimilla (Ecuador).  

II

Al iniciarse los trabajos, el Jefe de la Delegación del Uruguay, Embajador Didier Opertti, hizo una presentación sobre el tema encargado a la Comisión: “Conflictos de leyes en materia de responsabilidad extracontractual, con énfasis en el tema de la jurisdicción competente y las leyes aplicables respecto de la responsabilidad civil internacional por contaminación transfronteriza”. Destacó que el proyecto propuesto no tiene por objeto abordar la responsabilidad del Estado sino más bien la situación del operador privado. Expresó su preocupación por la falta de progreso en el campo del derecho internacional privado en el sistema interamericano. Por último, invitó al resto de los delegados a expresar sus opiniones a fin de mantener un intercambio de ideas informal en torno a la necesidad de tratar de resolver las cuestiones relativas a la ley aplicable y la jurisdicción internacional competente respecto de la responsabilidad extracontractual.

El Delegado de México compartió la misma preocupación en lo que respecta al futuro de la CIDIP, teniendo en cuenta la carencia de instrumentos de derecho internacional privado en el Hemisferio.

La Delegación de los Estados Unidos consideró que hay algunos casos interesantes de buen éxito en el campo del derecho internacional privado en lo que se refiere a nuevas técnicas y enfoques. Señaló que, aunque la Delegación de los Estados Unidos está a favor de un instrumento en materia de contaminación transfronteriza que aborde el tema de la responsabilidad civil (y no la responsabilidad del Estado), creía que el proyecto propuesto por Uruguay necesita aclaración. Expresó algunas preocupaciones en torno a los artículos 2 y 3 del proyecto de Convención, así como sobre una serie de cuestiones tales como el ámbito de aplicación, jurisdicción competente, ley aplicable, jurisprudencia, responsabilidad en materia de medio ambiente, cuestiones constitucionales, etc. En suma, la Delegación de los Estados Unidos propuso que dichos temas se mantuvieran en la agenda para consideración futura y sugirió que no es el momento apropiado para proseguir con la materia.

El Delegado de Canadá expresó algunas preocupaciones acerca del proyecto de Convención propuesto por Uruguay, cuya consideración o negociación le parecía prematura. Consideró que el proyecto requiere un análisis más profundo, subrayando que el carácter global de los temas concernientes al medio ambiente exige deliberaciones en un foro internacional más que en una organización regional. A manera de ejemplo, expresó que esta materia se venía tratando en la Conferencia de La Haya, pero que se ha suspendido su tratamiento en dicho foro.

Los Delegados del Uruguay y México observaron que el tema de estudio había sido incluido en el temario de la CIDIP-VI por la Asamblea General en su último período de sesiones, habiendo sido propuesto por la CIDIP-V, que se reunió en México en 1994. Por otra parte, el Jefe de la Delegación del Uruguay explicó que si bien los acuerdos bilaterales han resuelto una serie de problemas entre países vecinos, la naturaleza multinacional de los problemas ambientales exige la adopción de instrumentos multinacionales tales como el que se había propuesto. Indicó que no encuentra objeción para que se incluya un tema como éste en la agenda de un organismo regional como la OEA, a pesar de que esté siendo tratado por la Conferencia La Haya, en la cual no participan todos los Estados miembros de la OEA.  Cabe notar que la Delegación de Uruguay presentó a la Secretaría la documentación que demuestra que el tema se continúa tratando en dicho foro. Asimismo, elogió los esfuerzos encaminados al acercamiento del Derecho Civil y el Common Law, y señaló que los temas propuestos en el proyecto de Convención podrían aplicarse a una serie de materias tales como competencia desleal, fraude, etc.

El Presidente de la Comisión III, Embajador Juan Manuel Castulovich, solicitó a la Vicepresidenta, doctora Berta Feder, que coordinara una consulta con las Delegaciones a fin de encontrar una vía práctica y expedita para el desarrollo de este tema. Con ese fin se integró un Grupo Informal de Trabajo.    

III

La Segunda Sesión de la Comisión III se celebró en el Salón Padilha Vidal, el día jueves 7 de febrero de 2002. 

El presidente de la Comisión informó sobre las labores del Grupo Informal de Trabajo y solicitó a la Dra. Berta Feder la presentación de los resultados alcanzados por el Grupo de Trabajo. El principal aporte de este grupo fue la presentación de una propuesta de bases mínimas y generales en la forma de una resolución. 

La Delegación de Estados Unidos hizo una breve alusión a los elementos tratados durante la sesión informal, resaltando la necesidad de discutir sobre la responsabilidad extracontractual en general sin limitarla exclusivamente al medio ambiente.  Al mismo tiempo expresó que hubo delegaciones que no favorecían la adopción de una Convención sino más bien la búsqueda de mecanismos para asistir a los Estados en el análisis de la temática. La Delegación de Estados Unidos consideró pertinentes las bases propuestas en esta resolución, sin embargo invitó a su análisis.  En relación con el resolutivo 2 estimó poco pertinente que el Comité Jurídico Interamericano (en adelante "CJI") prepare una Convención y la eleve a la Asamblea General, argumentando, entre otras razones, que la mayoría de sus miembros son especialistas en Derecho Internacional Público y no en este dominio.  Además consideró que es muy temprano para comenzar a redactar un instrumento internacional.  Finalmente, expresó que este trabajo de redacción corresponde a la CIDIP.  En consecuencia propuso que el CJI prepare un Informe y no un Proyecto de Convención para el año 2004, el cual debería ser presentado a la Asamblea General.

La Delegación de Canadá expresó que las Bases presentadas en el resolutivo 1 son adecuadas.  Sin embargo, insistió en la  necesidad de desarrollar un trabajo preliminar antes de adoptar un instrumento en esta  materia.  En consecuencia propuso que el encabezado del párrafo 1 desaparezca, ya que se refleja en el inciso a) del mismo, mientras que en el párrafo 2, sugirió que el resultado del trabajo de los expertos sea sometido a la Asamblea General para consideración futura.

La Delegación de Uruguay reconoció que hubo un error en el título del documento presentado, el cual deberá ser ajustado al contenido de las bases.  Enseguida, el Jefe de Delegación, Embajador Didier Opertti, hizo una reflexión sobre el trabajo realizado en el seno de la Comisión III desde su origen en 1996. Reconoció que los avances en los otros dos temas han sido exitosos, revelando la contribución efectiva de esta CIDIP.  Sin embargo, convocó a la búsqueda de un mayor compromiso en el seno de este Grupo, el cual debería verse reflejado en un acercamiento entre el sistema del Common Law y del Derecho Civil.  Asimismo, destacó que no se puede quitar legitimidad al CJI, creado por la OEA y compuesto por expertos de los Estados miembros.  Finalmente concedió que el tema es muy complejo, razón por la cual se propuso la convocatoria a una Reunión de Expertos que coadyudaría a la labor del CJI, aclarando que el sujeto referido serían las personas y no de los Estados.  En consecuencia, consideró que las enmiendas propuestas son razonables, siendo este un tema vigente en la Conferencia de La Haya también.  

La Delegación de Colombia, luego de expresar que venía preparada para negociar un Proyecto de Convención, apoyó la resolución propuesta por la presidencia.  Asimismo, dejó constancia sobre su postura respecto al artículo 5 del Proyecto original, tema que deberá ser considerado en el estudio que sobre la materia realice el CJI.

La presidencia constatando que no existía oposición ni al título de la resolución ni a los considerandos, sugirió proceder a negociar el encabezado del párrafo resolutivo 1 y el párrafo 2.

Asimismo, se registró un consenso acerca de los alcances del tema, en cuanto no quedaría excluida ninguna de las hipótesis de la responsabilidad civil extracontractual.

Luego de la negociación y la búsqueda por consenso de la terminología precisa de la resolución, las delegaciones acordaron la redacción que se encuentra en el documento OEA Ser.K/ XXI.6.CIDIP-VI/Com.III/doc.1/02 rev.4.  Cabe notar que el título acordado para la resolución adoptada fue: "Ley aplicable y jurisdicción internacional competente en materia de responsabilidad civil extracontractual."

Síntesis de la negociación en torno al encabezado del párrafo 1 y al párrafo 2

Encabezado del párrafo resolutivo 1

La Delegación de Canadá retiró su propuesta y apoyó la discusión de los cambios propuestos por Estados Unidos.

La Delegación de Brasil cuestionó la necesidad de preparar un proyecto general de Convención.  Sin embargo, apoyó la celebración de una Reunión de Expertos y  propuso introducir en el resolutivo 1 la expresión “ de una ley modelo...” después de la palabra “elaboración”.

La Delegación de Estados Unidos propuso integrar la expresión “ realizar trabajos futuros en el tema” para complementar la fórmula propuesta de Brasil.

La Delegación de Uruguay reformuló las dos propuestas anteriores y luego de recoger una sugerencia anterior de la Delegación de México de utilizar el término “instrumento” en lugar de hablar de “una ley modelo o de una Convención...”, ofreció la siguiente redacción:

“Continúen los trabajos sobre la materia y en particular decide adoptar como bases, entre otras a tener en cuenta para la elaboración de un instrumento internacional, las siguientes…”

La Delegación de Estados Unidos, sugirió una adición a la propuesta de Uruguay, puesto que no considera necesario la adopción de un instrumento.  Por lo tanto propuso reemplazar la palabra “elaboración” por “consideración”.

“Continúen los trabajos sobre la materia y en particular decide adoptar como bases, entre otras a tener en cuenta para la consideración de un instrumento internacional, las siguientes…”

La Delegación de Uruguay aceptó la nueva propuesta de Estados Unidos.

La Delegación de Brasil solicitó agregar el título del documento al encabezado del párrafo resolutivo 1, lo cual fue aceptado y queda de la siguiente manera:

“Continuar los trabajos sobre la materia, y en particular adoptar como bases, entre otras a tener en cuenta para la consideración de un instrumento internacional sobre Ley  Aplicable y  Jurisdicción Internacional competente en materia de responsabilidad civil extracontractual, las siguientes…”  

Párrafo resolutivo 2:

La Delegación de Estados Unidos consideró que el trabajo de la preparación de una Convención en materia de derecho internacional debería ser la CIDIP y no el CJI. Por lo tanto, propuso que se solicitara al CJI la realización de un Informe y no de un proyecto de Convención.

La Delegación de Uruguay constató que la solicitud de un informe tendría el carácter de dictamen, lo cual no impediría que el CJI incluya un Instrumento o Proyecto de Convención, en la medida en que lo considere pertinente.

La Delegación de Colombia planteó como una fórmula de consenso que el resultado del trabajo del CJI fuese un “instrumento internacional”, y de esta manera mantener el lenguaje del primer párrafo.  Propuesta que fue apoyada por la Delegación de Brasil.

La Delegación de Canadá cuestionó el procedimiento, por el cual se encomienda al CJI elevar dicho documento a la Asamblea General y se pronunció a favor del uso de la expresión “consideración”.

El invitado especial Profesor Pablo Enrique de Rozas de la Universidad de Mendoza (Argentina) recalcó la importancia del tema y la necesidad de avanzar en los trabajos sobre responsabilidad jurídica extracontractual, tomando en cuenta que ya existen importantes estudios sobre la materia.

La presidencia propuso entonces que los trabajos sean remitidos al CJI directamente por los expertos.

La Delegación de Estados Unidos opinó que el CJI debería tener la libertad necesaria para desarrollar sus trabajos de la manera más apropiada.  Por lo cual propuso solicitar un “informe con recomendaciones” a tal efecto.  Además expresó la falta de profundidad en el análisis de este tema, lo cual exige la realización de trabajos preparatorios.

La Delegación de Uruguay se opuso a la nueva reformulación por considerar que el tratamiento de este tema podría dar lugar a un largo e infinito proceso.

La Delegación de Ecuador propuso invertir el orden del procedimiento propuesto.  De manera a encaminar todos los insumos con que se cuenta y que fueren presentados al CJI, para que realice un trabajo preparatorio, presente un informe y, de ser necesario, acompañe un  proyecto de instrumento, para consideración de la Reunión de Expertos y que ésta, a su vez, lo elevaría a la Asamblea General.

La Delegación de Uruguay apoyó la propuesta de Ecuador para que el CJI reciba los insumos y antecedentes, y enseguida se realice la reunión de expertos que daría forma final a un texto.

La Delegación de Brasil propuso que los documentos sean enviados por esta Conferencia directamente al CJI, sin previo paso por la Asamblea General, a través de la Secretaría General.

La Delegación de Uruguay presentó un borrador compuesto de los siguientes elementos:  Enviar los trabajos aquí presentados y sus deliberaciones al CJI, a través de la Secretaría General; solicitar a la Asamblea General que convoque una reunión de expertos a fin de que esta examine el informe del CJI; y envíe los resultados de los trabajos realizados a la Asamblea General.

La Delegación de Ecuador precisó que correspondería a la Reunión de Expertos elevar el resultado final de sus trabajos a la Asamblea General.

La Delegación de Estados Unidos apoyó la propuesta de Ecuador, refinada por el señor Canciller de Uruguay, al considerarla como una cadena de responsabilidad razonable.

En conclusión, la versión final recoge los elementos propuestos por las delegaciones en los siguientes párrafos resolutivos:  

Resolutivo 2:

" Solicitar al Consejo Permanente que encomiende al Comité Jurídico Interamericano examinar la documentación sobre la materia, y teniendo en cuenta las bases precedentes, emita un informe y, de ser procedente, elabore un proyecto de instrumento internacional a ser presentado a una Reunión de Expertos."  

Resolutivo 3:

"Solicitar a la Asamblea General que convoque una Reunión de Expertos para que, con base en el Informe del CJI,  considere la elaboración de un instrumento internacional sobre la materia, que deberá ser presentado a la Asamblea General de la OEA en su periodo ordinario de sesiones del año 2003".

La presidencia dio por aprobada la redacción.

La Delegación de Trinidad y Tobago observó que el título de la agenda que incluye la contaminación transnacional ha sido reformado, y expresó su preocupación de que ello pueda constituir una limitación a las facultades del CJI.  Al mismo tiempo solicitó que la expresión en inglés contenida al final del inciso b) sea reformulada, lo cual fue apoyado por Saint Kitts y Nevis así como por Canadá.

El Delegado de Uruguay explicó el alcance de la expresión, despejando, de esa manera, las dudas expresadas por dichas delegaciones.

A pedido de la presidencia dichas delegaciones presentaron ajustes de traducción a los incisos a), b) y c) del resolutivo 1.

El Presidente de la Comisión, Embajador Castulovic, agradeció la ayuda de la Vicepresidente, Dra. Berta Feder, del Canciller Didier Opertti y de todas las delegaciones por sus aportes y su constructiva colaboración.  Por su parte la Delegación de Uruguay felicitó al presidente y a las otras delegaciones por todos los esfuerzos realizados.

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