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AG/RES. 1623 (XXIX-O/99)

FOMENTO DE LA CONFIANZA Y DE LA SEGURIDAD EN LAS AMÉRICAS

(Resolución aprobada en la primera sesión plenaria,
celebrada el 7 de junio de 1999)

 

LA ASAMBLEA GENERAL,

VISTO el informe anual del Consejo Permanente a la Asamblea General (AG/doc.3830/99) y, en particular, la sección que se refiere al informe de la Comisión de Seguridad Hemisférica (CP/CSH-180/99 rev. 3), la cual incluye el tema "Fomento de la confianza y de la seguridad en las Américas";

TENIENDO PRESENTE que, de conformidad con el artículo 2 de la Carta de la Organización de los Estados Americanos, uno de los propósitos esenciales de la Organización es afianzar la paz y la seguridad del Continente;

RECORDANDO sus resoluciones AG/RES. 1121 (XXI-O/91) y AG/RES. 1123 (XXI-O/91), sobre fortalecimiento de la paz y la seguridad en el Hemisferio, y AG/RES. 1179 (XXII-O/92), AG/RES. 1237 (XXIII-O/93), AG/RES. 1284 (XXIV-O/94), AG/RES. 1288 (XXIV-O/94), AG/RES. 1353 (XXV-O/95), AG/RES. 1409 (XXVI-O/96), AG/RES. 1494 (XXVII-O/97) y AG/RES. 1566 (XXVIII-O/98), sobre medidas de fomento de la confianza y de la seguridad;

DESTACANDO la importancia de las Declaraciones de San Salvador y de Santiago sobre Medidas de Fomento de la Confianza y de la Seguridad, en las que se recomienda que las medidas de fomento de la confianza y de la seguridad se apliquen de la manera que se considere más adecuada;

RECONOCIENDO la consolidación de la democracia en la región, los esfuerzos en favor del desarme, la paz y la seguridad internacionales y la voluntad de los Estados de continuar el proceso de fortalecimiento de la confianza y de la seguridad en el Hemisferio;

TOMANDO NOTA del avance importante logrado en la identificación y aplicación de medidas de fomento de la confianza y la seguridad desde la adopción de la Declaración de Santiago, que ha ayudado a disminuir los factores que generan desconfianza y ha contribuido a promover la transparencia y la confianza mutua, de conformidad con los propósitos y principios de la Carta de la OEA, el respeto al derecho internacional y la promoción de las relaciones de amistad y de cooperación entre los Estados de la región;

TOMANDO NOTA CON SATISFACCIÓN de la solicitud formulada el 30 de julio de 1998 por los Gobiernos de Argentina y Chile a la Comisión Económica de las Naciones Unidas para América Latina y el Caribe (CEPAL) de elaborar una metodología común con el fin de facilitar la comparación de los gastos militares de ambos países;

TOMANDO NOTA TAMBIÉN con satisfacción de la entrada en vigencia el 26 de diciembre de 1997 del Tratado Marco de Seguridad Democrática en Centroamérica y de la Declaración de los Presidentes de Centroamérica y la República Dominicana y del Representante del Primer Ministro de Belice sobre la No Participación en la Adquisición de Armamentos Estratégicos de Alta Tecnología, Destrucción Masiva y Altos Costos, del 6 noviembre de 1997;

TOMANDO NOTA de los resultados de la Conferencia de Ministros de Defensa de las Américas celebrada en Cartagena de Indias del 29 de noviembre al 3 de diciembre de 1998;

REAFIRMANDO:

Que el respeto al derecho internacional, el fiel cumplimiento de los tratados, la solución pacífica de las controversias, el respeto a la soberanía de los Estados y al principio de no intervención y la prohibición del uso o de la amenaza del uso de la fuerza, de acuerdo con los términos de las Cartas de la Organización de los Estados Americanos y de las Naciones Unidas, son la base de la convivencia pacífica y de la seguridad en el Hemisferio, y constituyen el marco para el desarrollo de medidas de fomento de la confianza y de la seguridad; y

Que la aplicación de medidas de fomento de la confianza y de la seguridad, por medio de acciones prácticas y útiles, facilitará futuros procesos de cooperación de mayor alcance en ámbitos tales como el control de armamentos y la seguridad hemisférica,

RESUELVE:

1.     Instar a los Estados Miembros a que apliquen de la manera que consideren más apropiada las recomendaciones de las Declaraciones de San Salvador y de Santiago sobre Medidas de Fomento de la Confianza y de la Seguridad y de la resolución AG/RES. 1179 (XXII-O/92).

2.     Exhortar a todos los Estados Miembros a que continúen proporcionando al Secretario General, antes del 15 de abril de cada año, información sobre la aplicación de medidas de fomento de la confianza y de la seguridad para facilitar la preparación del inventario completo y sistemático de dichas medidas, a la luz de lo dispuesto en las Declaraciones de San Salvador y de Santiago y en las resoluciones AG/RES. 1284 (XXIV-O/94) y AG/RES. 1288 (XXIV-O/94), y encomiar a los Estados Miembros que han efectuado regularmente la presentación de sus informes para este propósito.

3. Solicitar al Secretario General que mantenga y facilite el acceso al inventario detallado de las medidas de fomento de la confianza y la seguridad, presentado por los Estados Miembros de conformidad con el párrafo precedente.

4. Instar nuevamente a los Estados Miembros a que continúen promoviendo la transparencia en materia de políticas de defensa, entre otros aspectos, en lo que se refiere a la modernización de las fuerzas armadas, que incluye modificaciones a su estructura y composición, y a la adquisición de equipo y materiales, además de presentar información que permita la comparación del gasto militar en la región.

5. Solicitar al Consejo Permanente que, por medio de la Comisión de Seguridad Hemisférica, considere medidas para promover el desarrollo y el intercambio de información relativa a las políticas y doctrinas de defensa.

6. Reiterar nuevamente la importancia de que todos los Estados Miembros participen plenamente en el Registro de Armas Convencionales de las Naciones Unidas y proporcionen la información requerida para la elaboración del Informe Internacional Estandarizado sobre Gastos Militares, de acuerdo con las resoluciones pertinentes de la Asamblea General de las Naciones Unidas, y renovar su solicitud a los Estados Miembros para que proporcionen al Secretario General de la OEA, a más tardar el 15 de junio de cada año, la información mencionada.

7. Solicitar al Consejo Permanente que, por conducto de la Comisión de Seguridad Hemisférica, tome las medidas necesarias para celebrar, a más tardar en el primer trimestre del año 2000, la reunión de parlamentarios sobre medidas de fomento de la confianza y de la seguridad, prevista en la Declaración de San Salvador.

8. Instar nuevamente a los Estados Miembros a que continúen con las consultas y el intercambio de ideas dentro del Hemisferio para avanzar en la limitación y el control de armas convencionales en la región, y encomendar al Consejo Permanente que, a través de la Comisión de Seguridad Hemisférica, procure avanzar en el desarrollo del enfoque más apropiado que permita, en el ámbito hemisférico, incrementar la transparencia y abordar las cuestiones relacionadas con las armas convencionales.

9. Recordar el mandato contenido en la resolución AG/RES.1566 (XVIII-O/98), que encomienda al Consejo Permanente que celebre anualmente una sesión especial de la Comisión de Seguridad Hemisférica, con la participación de expertos, dedicada a analizar e intercambiar información sobre las medidas de fomento de la confianza y de la seguridad en la región, y especialmente las identificadas en las Declaraciones de San Salvador y de Santiago.

10. Solicitar al Secretario General que actualice anualmente, con base en la información presentada por los Estados Miembros, el registro de expertos sobre medidas de fomento de la confianza y de la seguridad y que lo distribuya a los Estados Miembros antes del 1 de junio de cada año.

11. Encomendar al Consejo Permanente que continúe apoyando la participación de la Comisión de Seguridad Hemisférica en otros foros regionales, como la Conferencia de Ministros de Defensa de las Américas.

12. Encomendar, asimismo, al Consejo Permanente que continúe estimulando el intercambio de experiencias en materia de medidas de fomento de la confianza y de la seguridad con otras regiones, que podrá incluir el intercambio de información entre la Comisión de Seguridad Hemisférica y otras organizaciones internacionales que trabajen en la materia, entre ellas la ONU, la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE) y el Foro Regional de la Asociación de Naciones del Asia Sudoriental (ASEAN).

13. Encomendar al Consejo Permanente que realice, por medio de la Comisión de Seguridad Hemisférica, un seminario con participación de representantes de otras organizaciones regionales con el fin de intercambiar experiencias sobre la solución de conflictos, la contribución de las medidas de fomento de la confianza y de la seguridad en la prevención de conflictos, el manejo de crisis y la reconstrucción posterior a los conflictos.

14. Solicitar que el Consejo Permanente, por medio de la Comisión de Seguridad Hemisférica, celebre en la OEA la próxima ronda de consultas OEA-OSCE en el año 2000.

15. Encomendar al Consejo Permanente que considere, a través de la Comisión de Seguridad Hemisférica, la posibilidad de realizar, en el momento oportuno, otra conferencia regional sobre medidas de fomento de la confianza y de la seguridad.

16. Encomendar al Consejo Permanente que lleve a cabo las actividades mencionadas en la presente resolución de acuerdo con los recursos asignados en el programa-presupuesto y otros recursos.

17. Reiterar su invitación a la Junta Interamericana de Defensa (JID) para que, en los términos de la resolución AG/RES. 1240 (XXIII-O/93), brinde asesoramiento y preste servicios de carácter consultivo en materia de medidas de fomento de la confianza y de la seguridad de carácter militar y solicitarle que mantenga actualizado el inventario de dichas medidas.

18. Solicitar al Consejo Permanente que informe a la Asamblea General sobre la implementación de la presente resolución.

19. Solicitar al Secretario General que transmita la presente resolución al Secretario General de las Naciones Unidas, al Secretario General de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa y a otras organizaciones regionales pertinentes.

 

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