OEA/Ser.P
AG/RES. 1816 (XXXI-O/01)
5 junio 2001
Original: español
RESOLUCIÓN
ESTUDIO SOBRE LOS DERECHOS Y LA ATENCIÓN DE LAS PERSONAS
SOMETIDAS A CUALQUIER FORMA DE DETENCIÓN Y RECLUSIÓN
(Aprobada en la tercera sesión plenaria, celebrada el 5 de junio de
2001;
sujeta a revisión por la Comisión de Estilo)
LA ASAMBLEA GENERAL,
CONSIDERANDO las disposiciones contenidas en la Declaración
Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, firmada en Bogotá, en
1948, así como en la Convención Americana sobre Derechos Humanos
"Pacto de San José", firmada en San José de Costa Rica, en
1969 y en la Convención Americana para Prevenir y Sancionar la Tortura,
firmada en Cartagena de Indias en 1985;
VISTO las disposiciones contenidas en la Declaración Universal de
los Derechos Humanos, proclamada por la Asamblea General de las Naciones
Unidas en 1948, el Pacto Internacional sobre Derechos Civiles o
Políticos A/RES/2200A (XXI), 1966, y la Convención contra la Tortura y
otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanas o Degradantes A/RES/39/46, 1984,
así como los Convenios de Ginebra adoptados en Ginebra en 1949, y sus
Protocolos Adicionales adoptados en Ginebra en 1977;
EXPRESANDO su preocupación por el estado de los sistemas
penitenciarios y centros de detención en varios países de las
Américas, en particular con respecto a otras condiciones de
encarcelamiento que, en ocasiones llegan a constituir violaciones de los
derechos humanos de las personas privadas de libertad;
TOMANDO NOTA del anteproyecto de Declaración Americana sobre esta
materia en el documento AG/CP/doc.630/01 presentado por el Gobierno de
Costa Rica;
TENIENDO PRESENTE que dicha situación dificulta e incluso puede
impedir la reinserción social de los condenados, finalidad esencial de
las penas privativas de libertad, de conformidad con lo estipulado en el
"Pacto de San José";
TENIENDO PRESENTE que el tema de la salud integral en las cárceles
forma parte de la agenda hemisférica y recordando que desde hace varios
años la OEA, ha servido de foro para debatir sobre el tema de las
condiciones carcelarias y de detención en las Américas, en particular,
en el marco de las reuniones de Ministros de Justicia o de Ministros o
Procuradores Generales de las Américas; y
RECORDANDO que en el ámbito de las Naciones Unidas, se adoptaron una
serie de textos sobre la materia, en particular las Reglas Mínimas de
las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos (ECOSOC RES.
663C (XXIV)) adoptadas en 1957, el Conjunto de Principios para la
Protección de todas las Personas Sometidas a Cualquier Forma de
Detención o Prisión (A/RES.43/173) de 1988 y los Principios Rectores
de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos
(A/RES.45/111) de 1990,
RESUELVE:
1. Acoger la iniciativa del Gobierno de Costa Rica de debatir en la
OEA el tema objeto de la presente resolución.
2. Encomendar al Consejo Permanente que considere la conveniencia de
estudiar, en colaboración con los órganos y entidades competentes del
sistema interamericano y teniendo en cuenta las conclusiones y
recomendaciones de la reunión de Ministros de Justicia o de Ministros o
Procuradores Generales de las Américas, el tema relativo a los derechos
y la atención de las personas sometidas a cualquier forma de detención
y reclusión.
3. Solicitar al Consejo Permanente que informe sobre el cumplimiento
de la presente resolución al trigésimo segundo período ordinario de
sesiones de la Asamblea General.