OEA/Ser.P
AG/RES. 1803 (XXXI-O/01)
5 junio 2001
Original: inglés
RESOLUCIÓN
MECANISMOS DE LA OEA PARA LA REDUCCIÓN
DE LOS DESASTRES NATURALES
(Aprobada en la tercera sesión plenaria, celebrada el 5 de junio de
2001;
sujeta a revisión por la Comisión de Estilo)
LA ASAMBLEA GENERAL,
VISTO:
El informe del Consejo Permanente y en particular la sección
correspondiente a la seguridad hemisférica (AG/doc.3970/01); y
El Informe del Secretario General sobre la implementación de la
resolución de la Asamblea General "Mecanismos de la OEA para la
reducción de los desastres naturales" [AG/RES. 1755 (XXX-O/00)]
(CP/doc…./01);
RECORDANDO:
Las resoluciones de la Asamblea General sobre "Mecanismos de la
OEA para la reducción de los desastres naturales", AG/RES. 1682 (XXIX-O/99)
y AG/RES. 1755 (XXX-O/00);
La creación del Comité Interamericano para la Reducción de los
Desastres Naturales (CIRDN) en 1999, de conformidad con la mencionada
resolución AG/RES. 1682 (XXIX-O/99);
TENIENDO PRESENTE:
Los acuerdos de los Jefes de Estado y de Gobierno contenidos en el
Plan de Acción de la Tercera Cumbre de las Américas (Quebec, 2001), en
particular las secciones Manejo de Desastres y Base Ambiental para el
Desarrollo Sostenible, y en especial los compromisos de desarrollar,
implementar y mantener estrategias y programas compartidos y
comprensivos en el manejo de desastres, con el objeto de reducir la
vulnerabilidad de sus poblaciones y economías contra los desastres de
origen natural y los provocados por el hombre; y
Que los Jefes de Estado y de Gobierno también reconocieron la
necesidad de proteger el medio ambiente y el uso sostenible de los
recursos naturales que son esenciales para generar prosperidad y para la
sostenibilidad de sus economías;
SUMAMENTE CONSCIENTE del significativo y positivo impacto que la
reducción y prevención de desastres naturales tendrá para el
desarrollo socioeconómico de todos los Estados Miembros;
REITERANDO la importancia de reducir la vulnerabilidad de nuestros
países frente a los peligros o desastres naturales mediante la
utilización apropiada de prácticas de desarrollo sostenible, como
parte de un desarrollo económico y social sostenido;
DESTACANDO la importancia de que todos los Estados Miembros se
comprometan y apoyen activamente el trabajo del CIRDN como foro
principal de la OEA, encargado de aportar al Consejo Permanente "la
concepción estratégica de este tema, recomendaciones sobre iniciativas
relacionadas con desastres naturales y asesoramiento sobre métodos para
financiarlas, teniendo especialmente en cuenta las políticas y los
programas destinados a reducir la vulnerabilidad de los Estados Miembros
frente a los desastres naturales."
RECONOCIENDO el valor de realizar tareas coordinadas y compartir el
conocimiento técnico y la experiencia práctica entre las
organizaciones públicas, privadas, nacionales, intergubernamentales y
la sociedad civil para reducir los desastres naturales en las Américas;
RECONOCIENDO CON SATISFACCIÓN:
Que se ha finalizado el Estatuto del CIRDN, habiendo sido adoptado
por el Consejo Permanente mediante la resolución CP/RES. 792 (1277/01);
y
Que el papel de la OEA en la reducción, preparación y asistencia en
casos de desastre ha sido fortalecido a través del trabajo realizado
por el CIRDN y el Consejo Permanente; y
TENIENDO PRESENTE las recomendaciones del Consejo Permanente con
respecto al Informe del CIRDN (CP/doc.3324/00 rev. 1),
RESUELVE:
1. Aprobar las recomendaciones del Consejo Permanente con respecto al
Informe del Comité Interamericano para la Reducción de los Desastres
Naturales (CIRDN).
2. Instar a los Estados Miembros a que estudien y que cuando
corresponda pongan en práctica las recomendaciones del CIDRN que
figuran en el Informe (CP/doc.3324/00 rev. 1) que específicamente se
refieren a los Estados Miembros.
3. Solicitar al Consejo Permanente que continúe el estudio, a
través de la Comisión de Seguridad Hemisférica, de las
recomendaciones formuladas por el CIRDN que figuran en el mencionado
Informe, con la debida consideración a las repercusiones financieras
que tengan estas recomendaciones para la Organización y que adopte las
decisiones y medidas que considere pertinentes con respecto al
cumplimiento de las mencionadas resoluciones, a más tardar el 15 de
diciembre de 2001.
4. Solicitar al CIRDN que continúe sus trabajos de conformidad con
el Estatuto aprobado por el Consejo Permanente y que, a través del
Secretario General, informe al Consejo Permanente antes de la
celebración del próximo período ordinario de sesiones de la Asamblea
General.
5. Reiterar sus instrucciones al Secretario General para que apoye el
trabajo del CIRDN, tanto en su calidad de Presidente del Comité como a
través del comité interno de la Secretaría General sobre desastres
naturales, de manera de asistir al CIRDN en sus actividades y asegurar
los recursos financieros necesarios para el funcionamiento de este
Comité.
6. Encomendar al Secretario General que establezca, en coordinación
con el CIRDN, una red de información para el intercambio de
conocimientos y experiencias científicas y técnicas con el fin de
fortalecer la coordinación de los organismos nacionales de prevención
y respuesta en caso de desastres naturales.
7. Solicitar al Secretario General que convoque, de conformidad con
los mandatos relevantes emanados de la Tercera Cumbre de las Américas,
una reunión hemisférica sobre preparación y mitigación de casos de
desastre, antes de la celebración del trigésimo segundo período
ordinario de sesiones de la Asamblea General.
8. Encomendar al Secretario General que coopere con el Banco
Interamericano de Desarrollo en un estudio de factibilidad sobre medidas
para reducir el costo de las primas de seguros catastrophic en los
Estados Miembros, de conformidad con los mandatos relevantes de la
Tercera Cumbre de las Américas y que ponga este estudio a la
disponibilidad del CIRDN para su consideración y acción posterior.
9. Encomendar al Consejo Permanente que informe a la Asamblea General
sobre el cumplimiento de esta resolución, en su trigésimo segundo
período ordinario de sesiones.
10. Solicitar al Secretario General que transmita esta resolución a
todos los miembros del CIRDN.