OEA/Ser.P
AG/RES. 1800 (XXXI-O/01)
5 junio 2001
Original: español
RESOLUCIÓN
CONVENCIÓN INTERAMERICANA CONTRA LA FABRICACIÓN Y EL TRÁFICO
ILÍCITOS DE ARMAS DE FUEGO, MUNICIONES, EXPLOSIVOS Y
OTROS MATERIALES RELACIONADOS (CIFTA)
(Aprobada en la tercera sesión plenaria, celebrada el 5 de junio de
2001;
sujeta a revisión por la Comisión de Estilo)
LA ASAMBLEA GENERAL,
VISTO:
El Informe del Consejo Permanente sobre los asuntos encomendados a la
Comisión de Seguridad Hemisférica (AG/doc.3970/01); y
El informe del Secretario General sobre el estado de firmas y
ratificaciones de la Convención Interamericana Contra la Fabricación y
el Tráfico Ilícitos de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y Otros
Materiales Relacionados (CP/doc.3430/01 corr.1);
RECORDANDO:
La resolución AG/RES. 1 (XXIV-E/97), mediante la cual resolvió
adoptar y abrir a la firma la Convención Interamericana Contra la
Fabricación y el Tráfico Ilícitos de Armas de Fuego, Municiones,
Explosivos y Otros Materiales Relacionados; y
Las resoluciones AG/RES. 1621 (XXIX-O/99) y AG/RES. 1750 (XXX-O/00)
sobre la materia;
RECORDANDO CON BENEPLÁCITO la firma de la Convención por la
mayoría de los Estados Miembros de la Organización de los Estados
Americanos y su entrada en vigor el 1 de julio de 1998;
DESTACANDO la urgente necesidad de que todos los Estados tomen las
medidas apropiadas y cooperen entre ellos, para impedir, combatir y
erradicar la fabricación y el tráfico ilícitos de armas de fuego,
municiones, explosivos y otros materiales relacionados, por los efectos
nocivos de estas actividades para la seguridad de cada Estado y de la
región en su conjunto, que ponen en riesgo el bienestar de los pueblos,
su desarrollo social, económico y su derecho a vivir en paz;
SUBRAYANDO:
La importancia de que la Convención haya servido de modelo para la
negociación del Protocolo contra la fabricación del tráfico ilícitos
de armas de fuego, sus piezas y componentes y municiones, que
complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la delincuencia
organizada transnacional; y
La importancia de alcanzar, a la mayor brevedad, la entrada en vigor
de la Convención para todos los Estados Miembros de la Organización de
los Estados Americanos y tomando nota en este contexto del informe del
Secretario General (CP/doc.3430/01 corr.1), presentado en cumplimiento
de la resolución AG/RES. 1750 (XXX-O/00); y
TENIENDO EN CUENTA:
Que la Convención Interamericana Contra la Fabricación y el
Tráfico Ilícitos de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y Otros
Materiales Relacionados está en vigor para 12 Estados soberanos de la
región; y
La celebración de la Segunda Reunión Ordinaria del Comité
Consultivo, que tuvo lugar del 17 al 18 de mayo de 2001, en la sede de
la Organización,
RESUELVE:
1. Instar a todos los Estados Miembros, que aún no lo hayan hecho, a
que firmen y ratifiquen, según el caso, la Convención.
2. Tomar nota con satisfacción del Programa de Trabajo (CIFTA/CC.II/doc.../01),
aprobado por el Comité Consultivo en ocasión de su Segunda Reunión
Ordinaria y expresar su respaldo a la labor de la Secretaría pro
témpore.
3. Solicitar a la Secretaría General que, de acuerdo con los
recursos asignados en el programa-presupuesto y otros recursos, siga
prestando el apoyo administrativo y de secretaría que requiera el
Comité Consultivo para el cumplimiento de sus funciones y tome las
medidas adecuadas para tal fin, conforme al Artículo 8 del Reglamento
Interno del Comité Consultivo y a la resolución de la Asamblea
General, AG/RES. 1645 (XXIX-O/99).
4. Solicitar asimismo al Secretario General que presente un informe
sobre el estado de firmas y ratificaciones de la Convención a la
Asamblea General en su trigésimo segundo período ordinario de sesiones.