OEA/Ser.P
AG/RES. 1800 (XXXI-O/01)
5 junio 2001
Original: español


RESOLUCIÓN

CONVENCIÓN INTERAMERICANA CONTRA LA FABRICACIÓN Y EL TRÁFICO ILÍCITOS DE ARMAS DE FUEGO, MUNICIONES, EXPLOSIVOS Y
OTROS MATERIALES RELACIONADOS (CIFTA)

(Aprobada en la tercera sesión plenaria, celebrada el 5 de junio de 2001;
sujeta a revisión por la Comisión de Estilo)

LA ASAMBLEA GENERAL,

VISTO:

El Informe del Consejo Permanente sobre los asuntos encomendados a la Comisión de Seguridad Hemisférica (AG/doc.3970/01); y

El informe del Secretario General sobre el estado de firmas y ratificaciones de la Convención Interamericana Contra la Fabricación y el Tráfico Ilícitos de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y Otros Materiales Relacionados (CP/doc.3430/01 corr.1);

RECORDANDO:

La resolución AG/RES. 1 (XXIV-E/97), mediante la cual resolvió adoptar y abrir a la firma la Convención Interamericana Contra la Fabricación y el Tráfico Ilícitos de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y Otros Materiales Relacionados; y

Las resoluciones AG/RES. 1621 (XXIX-O/99) y AG/RES. 1750 (XXX-O/00) sobre la materia;

RECORDANDO CON BENEPLÁCITO la firma de la Convención por la mayoría de los Estados Miembros de la Organización de los Estados Americanos y su entrada en vigor el 1 de julio de 1998;

DESTACANDO la urgente necesidad de que todos los Estados tomen las medidas apropiadas y cooperen entre ellos, para impedir, combatir y erradicar la fabricación y el tráfico ilícitos de armas de fuego, municiones, explosivos y otros materiales relacionados, por los efectos nocivos de estas actividades para la seguridad de cada Estado y de la región en su conjunto, que ponen en riesgo el bienestar de los pueblos, su desarrollo social, económico y su derecho a vivir en paz;

SUBRAYANDO:

La importancia de que la Convención haya servido de modelo para la negociación del Protocolo contra la fabricación del tráfico ilícitos de armas de fuego, sus piezas y componentes y municiones, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la delincuencia organizada transnacional; y

La importancia de alcanzar, a la mayor brevedad, la entrada en vigor de la Convención para todos los Estados Miembros de la Organización de los Estados Americanos y tomando nota en este contexto del informe del Secretario General (CP/doc.3430/01 corr.1), presentado en cumplimiento de la resolución AG/RES. 1750 (XXX-O/00); y

TENIENDO EN CUENTA:

Que la Convención Interamericana Contra la Fabricación y el Tráfico Ilícitos de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y Otros Materiales Relacionados está en vigor para 12 Estados soberanos de la región; y

La celebración de la Segunda Reunión Ordinaria del Comité Consultivo, que tuvo lugar del 17 al 18 de mayo de 2001, en la sede de la Organización,

RESUELVE:

1. Instar a todos los Estados Miembros, que aún no lo hayan hecho, a que firmen y ratifiquen, según el caso, la Convención.

2. Tomar nota con satisfacción del Programa de Trabajo (CIFTA/CC.II/doc.../01), aprobado por el Comité Consultivo en ocasión de su Segunda Reunión Ordinaria y expresar su respaldo a la labor de la Secretaría pro témpore.

3. Solicitar a la Secretaría General que, de acuerdo con los recursos asignados en el programa-presupuesto y otros recursos, siga prestando el apoyo administrativo y de secretaría que requiera el Comité Consultivo para el cumplimiento de sus funciones y tome las medidas adecuadas para tal fin, conforme al Artículo 8 del Reglamento Interno del Comité Consultivo y a la resolución de la Asamblea General, AG/RES. 1645 (XXIX-O/99).

4. Solicitar asimismo al Secretario General que presente un informe sobre el estado de firmas y ratificaciones de la Convención a la Asamblea General en su trigésimo segundo período ordinario de sesiones.